Con la entrada en vigor de la NOM-037-STPS, mejor conocida como Ley Home Office, han surgido una serie de dudas entre los trabajadores de los sectores en los que aplica esta nueva normativa.La Ley Home Office tiene el objetivo de brindar un ambiente seguro y saludable a todos aquellos trabajadores que cubran el 40% de sus funciones de forma remota y establece que las empresas deben proporcionar a sus empleados todo lo necesario para trabajar desde casa, desde dispositivos electrónicos hasta un espacio adecuado con escritorio o mesa de trabajo.Ante esto, todas aquellas personas que estaban acostumbradas a trabajar de manera remota en sitios que fueran cómodos para ellos, por ejemplo una cafetería, se están preguntando si es posible continuar con esta rutina ahora que esta ley entró en vigor; a continuación resolvemos la duda.De acuerdo a lo establecido en la normativa publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), trabajar en lugares distintos al domicilio designado para el home office, como cafeterías o bibliotecas, ya no sería una opción.Esto se debe a que los empleados deben informar a sus empleadores por escrito cuál será la ubicación del domicilio desde el que estarán trabajando, pues así lo establece el artículo 6.7 donde específica que está es una obligación que debe cumplir todo trabajador para que se realicen las gestiones necesarias y se verifique si el lugar de trabajo cumple con los requisitos necesarios para desempeñar las actividades laborales.En esta ley se reconocen los factores psicosociales asociados al aislamiento laboral y en ella se establecen pautas para garantizar el bienestar de los trabajadores, considerando desde medidas ergonómicas hasta aspectos psicológicos. Lo anterior abordando la necesidad de adaptar esta normativa a entornos laborales cambiantes, como ocurrió con la pandemia por el Covid-19. YC