Miércoles, 24 de Abril 2024

Prohíben exhibir animales de compañía para venta en Jalisco; compra será por fotos

El Congreso estatal aprueba reformas a la Ley de Protección y Cuidado de los Animales del Estado

Por: Sergio Blanco

La reforma prohíbe también el abandono de mascotas en caso de que la persona no pueda hacerse cargo de ella. EL INFORMADOR/ARCHIVO

La reforma prohíbe también el abandono de mascotas en caso de que la persona no pueda hacerse cargo de ella. EL INFORMADOR/ARCHIVO

Tras diversas modificaciones a la Ley de Protección y Cuidado de los Animales del Estado de Jalisco, el Congreso del Estado aprobó este jueves prohibir la exhibición de animales de compañía para venta, por lo que su comercio sólo podrá ser a través de imágenes.

“Queda prohibida la exhibición de animales domésticos de compañía con fines comerciales en cualquier establecimiento; solamente podrá realizarse su venta por catálogo impreso, digital o por los medios que la tecnología permita y que disponga el establecimiento, evitando el contacto físico directo entre el animal y el público interesado en su adquisición”, establece el artículo 41.

El mismo indica que los comerciantes deberán proveer de espacio, seguridad, ventilación, iluminación, alimentación y toda medida necesaria para la estancia de los animales en instalaciones de resguardo antes de su venta. En caso de incumplir los establecimientos, serán sancionados.

La reforma también incluyó en el artículo 3 el concepto de animales domésticos de compañía para definir a aquellos que permiten la convivencia con el hombre en su propio hogar y que pueden permanecer en cualquier lugar en donde esté sin afectar el desarrollo del animal.

Se añadió en el artículo 28 que las personas que adquieran un animal de compañía estén obligadas a garantizar sus condiciones dignas y su sano desarrollo; además, deberán colocar algún distintivo que permita su identificación al salir a la vía pública.  

La reforma prohíbe también el abandono de mascotas en caso de que la persona no pueda hacerse cargo de ella. “En caso de hacerlo será acreedor a las sanciones aplicables, así como a resarcir los daños y perjuicios en los casos que el animal hubiera causado daños a terceros”.

JM

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