Viernes, 19 de Abril 2024

Entra en vigor multa a choferes y taxistas que fumen al manejar

La infracción vigente va de 96.22 pesos a 481.1 pesos por combinar cigarro y volante al conducir

Por: Rodrigo Rivas Uribe

Además de choferes de transporte público, la multa incluye taxis y autos de aplicaciones digitales. EL INFORMADOR/ARCHIVO

Además de choferes de transporte público, la multa incluye taxis y autos de aplicaciones digitales. EL INFORMADOR/ARCHIVO

Fueron publicadas en el Periódico Oficial del Estado y entraron en vigor las reformas a la nueva Ley de Movilidad con las que se especificó que la multa por fumar al manejar aplica sólo para conductores de transporte público en cualquiera de sus modalidades. La enmienda se dio luego de que en un primer decreto se consideró la penalización para todos los automovilistas en general.

Con los ajustes, la infracción vigente va de 96.22 pesos a 481.1 pesos por combinar cigarro y volante al conducir vehículos del servicio de transporte público en todas sus modalidades, incluyendo taxis y autos de aplicaciones digitales.

Adicionalmente se revirtió el aumento al cobro mínimo en fotoinfracciones, se mantuvieron los valores contemplados en la ley anterior; con esto a quien rebase los límites de velocidad permitidos les aplicará sanción de 962.2 pesos hasta los dos mil 886.6 pesos.

Para la aplicación total de la nueva ley se deben modificar los reglamentos de los 125 municipios; más los reglamentos de la Secretaría de Transporte, de la de Seguridad y emitir las normas técnicas. El plazo para concretar esos cambios ya está corriendo y debe ser en máximo 6 meses.

Consuman dar más recursos estatales a partidos políticos

Luego de ser ratificada por 75 ayuntamientos, quedó publicada en el Periódico Oficial del Estado la reforma constitucional con la que se modificó la fórmula para asignar recursos estatales a partidos políticos nacionales. Con esto el dinero estatal que reciben los partidos nacionales se calculará multiplicando el 65% del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) por el padrón electoral; antes de esta modificación se consideraba sólo el 20% de la UMA.

JL

Temas

Lee También

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones