Sábado, 20 de Abril 2024

En el limbo, aplicación de infracciones por error del Congreso de Jalisco

El diputado Jonadab Martínez García, explicó que en la, modificación aprobada el pasado 12 de junio, para aumentar la multa por manejar sin licencia vigente, en los artículos transitorios se estableció que el decreto entraría en vigor en enero de 2020

Por: Rodrigo Rivas Uribe

El legislador admitió que tras la publicación del decreto en el Periódico Oficial (el pasado 11 de julio) cualquier automovilista que sea multado podría ampararse. Cortesía

El legislador admitió que tras la publicación del decreto en el Periódico Oficial (el pasado 11 de julio) cualquier automovilista que sea multado podría ampararse. Cortesía

Por un error cometido por los diputados al reformar la Ley de Movilidad, la aplicación de infracciones viales podría quedar suspendida hasta el próximo año.

El diputado Jonadab Martínez García, presidente de la Comisión de Movilidad, reconoció que incurrieron en una imprecisión en el dictamen de la modificación aprobada el pasado 12 de junio, para aumentar la multa por manejar sin licencia vigente, pues en los artículos transitorios se estableció que el decreto entraría en vigor en enero de 2020; pero no especificaron que sólo se referían al incremento de la sanción por no tener la licencia.

El legislador admitió que tras la publicación del decreto en el Periódico Oficial (el pasado 11 de julio) cualquier automovilista que sea multado podría ampararse ya que con la "imprecisión" legislativa la aplicación de infracciones está suspendida hasta enero.       

"Dar certeza jurídica a la vigencia de un artículo de la Ley de Movilidad que estaba en el vacío. Hemos hecho muchas reformas a la ley, en un mismo artículo menciona varias sanciones. Nosotros propusimos que hasta el 2020 tomara vigencia la sanción por licencias, pero por error mandamos todo el artículo hasta 2020. En todo el artículo son un chorro de sanciones que no se estarían aplicando ahorita, pero con esta corrección queda todo subsanado", explicó.

El artículo que se dejó en el limbo especifica el monto de las infracciones por no utilizar el cinturón de seguridad, a los conductores de vehículos que contaminen visiblemente o por no contar con el holograma de verificación. También por transportar a un menor en los asientos delanteros o por no contar con seguro que cubra daños a terceros, entre otros.

LS

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