Viernes, 29 de Marzo 2024

El IEPC ajusta reglamento para sancionar violencia política

Entre otras cosas se dieron atribuciones a la Comisión de Igualdad de Género y no Discriminación para proponer los lineamientos que deberán seguir los partidos políticos 

Por: Rodrigo Rivas Uribe

Las multas por incurrir en conductas que limiten, anulen o menoscabar el ejercicio de los derechos políticos y electorales de una mujer, alcanzan hasta los 8.6 millones de pesos. EL INFORMADOR/ARCHIVO

Las multas por incurrir en conductas que limiten, anulen o menoscabar el ejercicio de los derechos políticos y electorales de una mujer, alcanzan hasta los 8.6 millones de pesos. EL INFORMADOR/ARCHIVO

En sesión del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado (IEPC) fueron aprobados cambios a su reglamento interno para incluir el proceso de análisis de las quejas generadas por actos de violencia política contra mujeres.

Entre otras cosas se dieron atribuciones a la Comisión de Igualdad de Género y no Discriminación para proponer los lineamientos que los partidos políticos deben seguir para prevenir y atender posibles casos de violencia política contra mujeres por razón de género. Además, se facultó a la Comisión de Quejas para encargarse del procedimiento sancionador por este tipo de conductas.

La consejera electoral Brenda Serafín Morfín, explicó que el nuevo reglamento regula el trámite y sustanciación del procedimiento sancionador para los casos de violencia política. Destacó que se incorporan elementos como una oficialía de partes virtual, notificación electrónica, audiencias virtuales, medidas cautelares y de protección; entre otras.

“La modificación al reglamento resulta muy importante pues con ellos se cuenta con los mecanismos y el marco legal adecuado para combatir, prevenir y erradicar la violencia política en contra de las mujeres considerando además el contexto de pandemia en el que vivimos”, expuso.

La legislación electoral define a la violencia política contra las mujeres como cualquier acción u omisión basada en elementos de género que tenga por objeto limitar, anular o menoscabar el ejercicio de los derechos políticos y electorales de una mujer.

Las multas por incurrir en esas conductas alcanzan hasta los 8.6 millones de pesos; a los partidos políticos se les puede cancelar el financiamiento o registro. Quien haya sido sentenciado por incurrir en este tipo de conductas no podrá ser registrado como candidato a un cargo público.

Preocupa situación de regidora

La consejera electoral Érika Ruvalcaba Corral, manifestó su preocupación por el caso de la regidora de Cihuatlán, María Guadalupe Becerra Barragán, cuyo paradero se desconoce; dijo esperar que la edil se encuentre bien.

Hace unos días la Fiscalía del Estado informó que no tenía denuncias sobre la presunta desaparición de la regidora. En enero de este año la edil de Morena dio a conocer que la Sala del Tribunal Federal Electoral en Guadalajara le había brindado apoyo otorgándole seguridad personal tras haberse acreditado violencia política en su contra.

NR

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