Viernes, 19 de Abril 2024

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Congreso de Jalisco aprueba figura de “voluntad anticipada”

Para formalizar esta voluntad se debe firmar un documento denominado de “directrices anticipadas” ante notario público

Por: Rodrigo Rivas Uribe

La modificación entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado y se da plazo de 20 días para hacer los cambios en los reglamentos. EL INFORMADOR/ ARCHIVO

La modificación entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado y se da plazo de 20 días para hacer los cambios en los reglamentos. EL INFORMADOR/ ARCHIVO

Para legalizar la posibilidad de que una persona pueda manifestar su decisión de no recibir tratamiento médico, en caso de llegar a padecer una enfermedad y estar en situación terminal; diputados locales aprobaron una reforma a la Ley de Salud y al Código Civil estatal para incluir la figura de “voluntad anticipada”. El dictamen avalado refiere que para formalizar esta voluntad se debe firmar un documento denominado de “directrices anticipadas” ante notario público o ante la Secretaría de Salud.

La reforma detalla que solo pueden apegarse a esa figura mayores de edad, que deben cumplir requisitos como presentar dos testigos, un documento con firma y huella digital del suscriptor para manifestar claramente la indicación de recibir o no cualquier tratamiento y expresar su voluntad respecto a la disposición de sus órganos. Se menciona que esta figura podría firmarse en cualquier momento, sin importar el estado de salud, y se revocaría siguiendo el mismo trámite.

Los cambios en la ley estatal de salud consideran ajustes para sancionar y prevenir la violencia obstétrica, cambios en materia de salud mental, combate a las adicciones, regulación de centros de rehabilitación, atención a la obesidad. Además, en materia administrativa marca la separación de la Secretaría de Salud del Organismo Público Descentralizado (OPD).

La modificación entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado y se da plazo de 20 días para hacer los cambios en los reglamentos.

NM

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