Jueves, 25 de Abril 2024

Congreso de Jalisco: Avanza nueva ley estatal sobre declaración de ausencia

Diputados de la Comisión de Derechos Humanos avalaron el dictamen de la nueva ley como fue delineado en las mesas técnicas entre familias, activistas y legisladores

Por: Rodrigo Rivas Uribe

Además, fueron aprobadas las conclusiones de la Glosa del Segundo Informe del Gobierno estatal. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Además, fueron aprobadas las conclusiones de la Glosa del Segundo Informe del Gobierno estatal. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Diputados integrantes de la Comisión legislativa de Derechos Humanos aprobaron en lo general el proyecto de la nueva Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas.

El dictamen no tuvo modificaciones y avanzó como fue delineado en las mesas técnicas entre familias, activistas y legisladores. Lo planteado considera poder iniciar el proceso para la declaratoria, aunque no haya una denuncia, o la gratuidad de trámite y edictos para los familiares; entre otros puntos.

El proyecto de ley aún debe cumplir su trámite en el pleno del Congreso para que se presente en primera lectura y posteriormente para su discusión y votación.

Los legisladores también avalaron la lista de los 15 candidatos elegibles para integrar el Consejo Ciudadano de la Comisión Estatal de Derechos Humanos. Además, fueron aprobadas las conclusiones de la Glosa del Segundo Informe del Gobierno estatal.

Aprueban ampliar pensión a familiares de policías fallecidos

En sesión de la Comisión de Estudios Legislativos y Reglamentos fue aprobada la reforma a la Ley del Instituto de Pensiones del Estado para que se pague el cien por ciento de pensión a las familias de los elementos operativos de las corporaciones policiales fallecidos en cumplimiento de su deber. También se incluye a elementos de protección civil y bomberos estatales o municipales.

La iniciativa fue presentada en mayo del año pasado por el gobernador y se sumó a otros planteamientos de diputados como la morenista Érika Pérez.

Actualmente la legislación establece que para recibir la pensión por viudez u orfandad el afiliado fallecido tiene que haber acumulado al menos diez años de cotización efectiva, si la causa es un riesgo de trabajo se accede a la prestación, aunque no tenga los diez años. El monto del pago va de 30 a 50% del sueldo. Tiene derecho a recibir este apoyo él o la cónyuge o concubinario. También los hijos menores de edad, los mayores de edad que sean estudiantes (hasta los 23 años), o estén inhabilitados física o mentalmente para trabajar.

LS

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