El plan para cambiar el cableado aéreo por subterráneo llevará al menos cinco años, según lo establecido en la reforma sobre el asunto aprobada en comisiones del Congreso de Jalisco. Las modificaciones al Código Urbano del Estado especifican que el esquema requiere la coordinación con las empresas concesionarias involucradas.Los gobiernos municipales tendrán facultades para revisar, autorizar licencias y dar permisos de obra civil para los proyectos de infraestructura para telecomunicaciones.Sobre el cableado caído o en desuso, especifican que es responsabilidad de la empresa propietaria retirarlo y en caso de que su omisión produzca un daño en las personas o sus bienes, responsables de las consecuencias jurídicas y administrativas. Las autoridades municipales sancionarán el incumplimiento."Esperamos ser el primer Estado en poder regular en esta materia y tener ciudades más dignas y contribuir a la imagen y desarrollo urbano"; comentó la diputada Priscila Franco Barba, promotora de la reforma.Adicionalmente, se contempla que los ayuntamientos podrán dar estímulos fiscales, descuentos o exenciones por concepto de licencias, permisos o derechos, a los concesionarios que migren del cableado aéreo al soterrado.El proyecto de reforma aún debe ser aprobado por el pleno del Congreso de Jalisco, lo que se espera suceda en los primeros meses del 2023. El dictamen incluye plazos de seis meses para que los municipios modifiquen sus reglamentos y un año para elaborar un Atlas de la Red de Infraestructura Básica para Telecomunicaciones que contenga información sobre la localización geográfica, la capacidad disponible y otras características físicas de toda la infraestructura.SABER MÁSLas empresas deberán obtener autorizaciones, licencias o permisos municipales para la ejecución de obras civiles que tengan por objeto o impliquen la construcción o instalación de infraestructura para telecomunicaciones.Esta infraestructura deberá cumplir con la normatividad municipal en materia de imagen urbana, protección civil y medio ambiente para su instalación.La autoridad municipal, para autorizar las licencias o permisos, verificará que se cuente con la concesión del Instituto Federal de Telecomunicaciones.Los municipios podrán dar estímulos fiscales o descuentos a los concesionarios que migren el despliegue del cableado aéreo a soterrado aprovechando la infraestructura municipal.Los propietarios de infraestructura de telecomunicaciones tienen la obligación de retirarla cuando se encuentre en desuso, deteriorada o cuando sea peligrosa, conforme lo determine el dictamen de la autoridad municipal.La autoridad municipal podrá realizar visitas de inspección o verificación, de oficio o por denuncia ciudadana, a los sitios donde se encuentra instalada la infraestructura de telecomunicaciones, con el objeto de comprobar el estricto cumplimiento de los reglamentos municipales.OF