Jalisco | Especialistas piden vigilar la aplicación de la norma recién aprobada en el Congreso Nueva Ley de Movilidad, apenas el primer paso Medidas como el prepago, la indexación de las tarifas, y el modelo de ruta-empresa, entre los logros Por: EL INFORMADOR 22 de julio de 2013 - 03:06 hs La nueva ley establece la aplicación aleatoria del alcoholímetro en la ciudad, pero también la sanción de cárcel inconmutable EL INFORMADOR / GUADALAJARA, JALISCO (22/JUL/2013).- La aprobación de la Ley de Movilidad en el Congreso del Estado representa un avance para Jalisco según transportistas y especialistas, pero, aunque consideran que es un primer paso para lograr cambios para mejorar el transporte público y la movilidad en general, advierten que será necesario vigilar la reglamentación y la adecuada aplicación de la norma. Entre los temas que deberán cuidarse está la indexación de la tarifa, modelo de incremento que comenzará a aplicarse cuando se implemente el sistema de prepago. En este aspecto será necesario cuidar que las alzas sean justas, que no se desfasen de las posibilidades económicas de los usuarios y que a la vez permitan ingresos razonables a los concesionarios, advirtió Luis Felipe Siqueiros Falomir, asesor técnico de Guadalajara 2020: “Es importante que haya transparencia”. También destacó la aprobación de la ruta-empresa, que permitirá más eficiencia en la prestación del servicio, y la incorporación de la figura de Cuencas Alimentadoras de Transporte Colectivo, que sustituirán al polémico servicio de mototaxis. En el apartado de las sanciones a conductores ebrios, opinó que la aplicación aleatoria del alcoholímetro y la sanción de cárcel inconmutable para los infractores son positivas y ayudarán a inhibir accidentes viales. Por su parte, el presidente del Frente Unido de Subrogatarios y Concesionarios del Transporte Público, Juan Carlos Villarreal Salazar, se congratuló de la aprobación de la ley. Subrayó la creación del modelo ruta-empresa y la posibilidad de generar corredores o circuitos de transporte público, así como que la capacitación para los choferes sea obligatoria. También consideró un acierto que se aprobara la revisión anual de la tarifa y la indexación. Establecer el prepago en la ley, así como los fondos mixtos para obtener mejores tasas de interés en acciones como la compra de unidades, también le parecen elementos positivos. Sobre los ajustes a algunas causales de revocación de concesiones, rechazó que se hayan flexibilizado para los camioneros, ya que en el artículo 146 se mencionan aspectos para sancionar con la cancelación de las autorizaciones; sólo se eliminaron, dijo, aspectos que generarían corrupción. Oportunidad perdida En contraste, para Felipe Reyes, de la organización Ciudad para Todos, “se perdió la oportunidad de hacer una ley que garantizara el derecho a las personas a moverse en la ciudad, es decir, se desperdició la oportunidad de aterrizarla en derechos a las personas como tales”. Si bien la nueva legislación contiene una serie de mecanismos técnicos que permitirán ejecutar infraestructura para avanzar hacia la movilidad sustentable, “hay muchísimas cosas que quedan a la expectativa para entender cómo se van a regular una por una; seguramente vendrán en un reglamento posterior”. Alcohol + volante = cárcel La nueva ley establece la aplicación aleatoria del alcoholímetro en la ciudad, pero también la sanción de cárcel inconmutable. Hoy en día Jalisco tiene una de las leyes más tolerantes a la combinación de alcohol y volante: sólo castiga al conductor cuando registra 1.5 gramos de alcohol por cada litro de sangre. Multa de 150 a 200 salarios mínimos (9,714 a 12,952 pesos) A quien sea sorprendido manejando tras haber consumido drogas. Con una concentración de 50 a 80 miligramos de alcohol por 100 mililitros de sangre. Que en el alcoholímetro aparezca con entre 0.25 y 0.40 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. 50 miligramos de alcohol en 100 mililitros de sangre Equivalen a 1.5 cervezas de lata, aproximadamente. La medida corresponde a una cerveza de 350 mililitros con 5.5 grados de alcohol, en una persona de 70 kg; en México, las marcas más comunes tienen 4.5 grados. Esa concentración aparece hasta dos horas después de la ingesta. Arresto administrativo inconmutable de 12 a 24 horas A quien se le detecte de 81 a 130 miligramos de alcohol por 100 mililitros de sangre. Que el alcoholímetro arroje entre 0.41 y 0.65 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Arresto administrativo de 24 a 36 horas Al automovilista que registre más de 130 miligramos de alcohol por 100 mililitros de sangre. Cuando el alcoholímetro registre más de 0.65 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Más vehículos para discapacitados La Ley de Movilidad, que recibió luz verde la noche del viernes por parte del Congreso del Estado, incluye una modificación respecto a la propuesta original que consideraba contar con 10% de unidades adaptadas para personas con discapacitados: ahora ése será el mínimo aceptable, pero cada ruta podrá tener hasta 30% de unidades adaptadas, informó el diputado Martín López Cedillo. De los ingresos que generen las multas de tránsito, 30% se destinará a vialidades y 45% para ciclovías y ciclorrutas y su mantenimiento; “casi todo se va emplear en esto”. Para la operación de las Cuencas Alimentadoras de Transporte Colectivo, comentó que el tipo de vehículo está en proceso de definición —podrían ser camionetas—, pero que lo importante es que se dejará fuera el funcionamiento de esos vehículos considerados inseguros. CLAVESCambios importantes Ruta-empresa Eso uno de los conceptos clave en la reforma: pretende combatir el modelo hombre-camión, según el cual cada chofer compite con los demás, incluso los de su misma ruta, por el pasaje. Esto favorece corretizas y mal servicio y, con eso, los accidentes. El cambio es que ahora se podrán otorgar concesiones a personas físicas y jurídicas. Las concesiones, ahora, serán por 10 años. Tarifas Incluye el prepago electrónico y también prevé los aumentos a la tarifa mediante su indexación, es decir, que se adapte de manera anual según la inflación. Esta combinación ordenaría las demandas tradicionales de los transportistas, vía protestas, para que suba el pasaje. Pero, para que pueda funcionar, es clave que el servicio funcione sin el cobro en efectivo; ésta es otra medida de seguridad: si el chofer no debe distraerse cobrando o dando cambio, entonces puede concentrarse en manejar. Aplicará sólo en los municipios cuya población sea superior a los 50 mil habitantes. Las tarifas deberán revisarse durante el tercer trimestre de cada año y deberán ser autorizadas por la Comisión de Tarifas; el Ejecutivo deberá publicarlas en el último trimestre del año. Mototaxis Quedaron aprobadas las Cuencas Alimentadoras de Transporte Colectivo, un sistema vehículos cerrados que sustituirán la operación de mototaxis; funcionarán en fraccionamientos donde no sea posible introducir camiones o minibuses. Temas Vialidad Ley de Movilidad Lee También Metro CDMX: ¿cuándo reabrirán las estaciones cerradas de la Línea 1? ¿Ya se aprobó el pago doble de aguinaldo en 2024? 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