Viernes, 10 de Octubre 2025
Jalisco | El pleno del Consejo aprobó ampliar el plazo indefinidamente para buscar intérprete

Llega al Itei primera solicitud de información en lengua indígena

El pleno del Consejo aprobó ampliar el plazo de manera indefinida para buscar algún intérprete

Por: EL INFORMADOR

La solicitud llegó vía Infomex y su contenido no es entendible por ningún personal del Instituto. ARCHIVO  /

La solicitud llegó vía Infomex y su contenido no es entendible por ningún personal del Instituto. ARCHIVO /

GUADALAJARA, JALISCO (17/AGO/2011)-. El pleno del Consejo del Instituto de Transparencia ( Itei) dio cuenta que a la Unidad de Transparencia del Itei llegó vía Infomex una solicitud de información cuyo contenido no es entendible por personal del Instituto, por lo que presumen que se trata de una solicitud de información enviada en alguna lengua indígena.

Debido a que no fue posible responder la petición, el pleno del Consejo aprobó ampliar el plazo de manera indefinida para buscar algún intérprete que determine el sentido de la solicitud.

El presidente del Itei dijo que también solicitarán la intervención de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

“La petición de información se hizo vía Infomex y pedimos que aclarara el contenido, pero lo hizo con la misma lengua, el recurrente se duele de la respuesta, interpone su recurso;  pero antes de ser aceptado o desechado y con el objeto de no violentar los derechos de los índigenas recurrimos a hacer una consulta a la Comisión Estatal de Derechos Humanos y a la Comisión Nacional Indígena para que nos hagan la traducción y estar en condiciones de aceptar o desechar el recurso de revisión”, señaló el titular del Itei.

En la Ley de Transparencia no se señala que procedimiento seguir en casos como el que recibió; sin embargo la en la Unidad de Transparencia del Itei.

Cabe señalar que la solicitud de información se presentó vía Infomex, cuyas instrucciones están redactadas en español.

¿Qué dice la Ley de Transparencia?

Artículo 62


La solicitud para obtener información pública deberá hacerse en términos respetuosos a través de un escrito o formato por duplicado que contenga:

El nombre del solicitante, un domicilio o correo electrónico, elementos para identificar la información de la que se trate

Artículo 67

En casos de personas que, por alguna razón o impedimento, no puedan realizar por sí mismos la solicitud por escrito, el encargado de la unidad de transparencia e información les recibirá la solicitud de manera verbal, elaborará la solicitud por escrito.

EL INFORMADOR/ ZAIRA RAMÍREZ

Temas

Lee También

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones