Jueves, 16 de Octubre 2025
Jalisco | Crean Instituto Jalisciense del Adulto Mayor

Impondrán sanciones económicas a familiares de ancianos desprotegidos

Quienes cometan faltas contra adultos mayores pueden ser acreedores al pago de una multa de 30 a 180 días de salario mínimo y arresto administrativo

Por: EL INFORMADOR

La cuarta parte de los hogares jaliscienses cuentan con uno o más adultos mayores. E. PACHECO.  /

La cuarta parte de los hogares jaliscienses cuentan con uno o más adultos mayores. E. PACHECO. /

GUADALAJARA, JALISCO (19/SEP/2011).- Jalisco cuenta con una Ley del Adulto Mayor, luego de que el Congreso del Estado atendiera las observaciones del Poder Ejecutivo y el mandatario estatal publicara la nueva norma el pasado jueves 15 de septiembre.

 El cuerpo de la Ley establece la creación del Instituto del Adulto Mayor, que finalmente se quedó bajo la figura de un  Organismo Público Descentralizado (ODP) de la Secretaría de Desarrollo Humano; este fue uno de los puntos en los que hubo discrepancia entre ambos poderes: el Ejecutivo establecía que debía ser Descentralizado, mientras que el Congreso creía conveniente que fuera Desconcentrado.

 En diciembre pasado, el mandatario estatal vetó la iniciativa que los legisladores aprobaron para crear esta Ley. En ese entonces, el gobernador Emilio González Márquez refirió en sus observaciones que “el Congreso del Estado no llevó a cabo un análisis respecto al impacto presupuestario y social de la reforma; además carece de enfoque de perspectiva familiar y comunitaria, como una estrategia en el abordaje de la problemática del adulto mayor”.  

 La Ley, dijo, contenía duplicidad de funciones y de responsabilidades entre dependencias e instituciones.

 El gobernador también cuestionaba el procedimiento para el nombramiento del Presidente del Instituto, procedimiento que ningún organismo público descentralizado tiene para el nombramiento de su titular, ya que consideraba que el nombramiento debería recaer en el titular del Gobierno estatal

 En el dictamen publicado el pasado jueves se advierte que “el Poder Legislativo atiende en su totalidad las observaciones emitidas por el Poder Ejecutivo”.

 También señala que con estas reformas se deroga la Ley de Desarrollo, Protección, Integración Social y Económica del Adulto Mayor del Estado de Jalisco.

 En torno al funcionamiento del Instituto del Adulto Mayor, señala que los recursos económicos, humanos y materiales del Consejo Estatal de la Salud para la Atención del Envejecimiento formarán parte del recién creado Instituto.

La propuesta de creación de una Ley Orgánica que dicatara las reglas para el funcionamiento de esta institución, fue presentada el pasado mes de agosto, en un esfuerzo conjunto de las comisiones de Desarrollo Humano que preside la legisladora Elisa Ayón Hernández; Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos que encabeza el Diputado Jesús Casillas Romero  así como Promoción Económica presidida por el legislador José Noel Pérez de Alba.

De acuerdo al dictamen se pretende desaparecer al Consejo Estatal de la Salud para la Atención del Envejecimiento, toda vez que este organismo ofrece el beneficio relacionado con la salud y no contempla las necesidades múltiples del adulto mayor, por lo que el presupuesto que ejerce en la actualidad esta instancia pasaría al nuevo organismo.

El organismo estaría integrado por un presidente, un secretario ejecutivo, siete vocales que serían los secretarios  de Salud, Desarrollo Humano, Educación, Trabajo y Previsión Social, un Diputado de la Comisión de Desarrollo Humano y un representante de la Secretaría General de Gobierno.

Sanciones económicas

En la Ley se establecen obligaciones de parte de los familiares de los adultos mayores, quienes deben ofrecer protección y trato digno a los adultos mayores.

 El título séptimo refiere las responsabilidades y sanciones de quienes abusen de los adultos mayores.

 En su artículo 62 advierte que serán objeto de sanciones económicas quienes realicen cualquier acto de abandono, humillación, discriminación, burla, mofa, exploten, maltraten o abusen sexualmente a los adultos mayores.

 También prevén sanciones para quienes no compartan con los adultos mayores alimentación y cuidados.

 Las sanciones para quienes cometan esta falta será desde una amonestación verbal hasta el pago de una multa de 30 a 180 días de salario mínimo (de mil 470 pesos a 10 mil 440 pesos) y arresto administrativo hasta por 36 horas “que sólo procederá en caso de flagrancia o reincidencia”.

Elección de titular

Será el gobernador quien nombre al próximo titular de ese organismo, en la Ley se establece que de preferencia debe ser un hombre o mujer mayor a los 60 años, que no haya ocupado cargos de elección popular, haya sido dirigente de algún partido político, juez o magistrado en al menos cuatro años antes de la elección.

 El mandatario estatal cuenta con un mes a partir de la publicación del dictamen -es decir, a más tardar el 15 de octubre- para nombrar al director de este Instituto que estará en el cargo durante cuatro años y tendrá la posibilidad de permanecer en el cargo hasta por un periodo más.

 En la norma recién publicada se establece además que el Poder Ejecutivo debe elaborar un Reglamento para el funcionamiento del Instituto.

 Dentro de las funciones del director están el representar al organismo y proponer a los directores que lo acompañarán, aunque la elección deberá ser avalada por los representantes de la Junta de Gobierno conformada por representantes de secretarías como Desarrollo Humano, Administración, Salud, Educación, Turismo, Promoción Económica, Finanzas, Vialidad, Seguridad, Hospitales Civiles, Procuraduría Social, Comisión Estatal de Derechos Humanos, entre otros. También estará obligado a presentar informes, y presentar propuestas de proyectos de presupuesto.

 En la Ley se incluyen obligaciones de dependencias como la Secretaria de Salud, de Desarrollo Humano, de Salud, de Cultura, de Turismo, DIF y de Educación, entre otras, para elaborar proyectos en beneficio de los adultos mayores, en las que se prevean descuentos, tratos adecuados, y en el caso de la Secretaría de Salud campañas gratuitas para la detección de enfermedades crónica degenerativas.

Desprotegidos, uno de cada diez adultos mayores

La titular del Consejo Estatal de Salud para la Atención del Envejecimiento, Alma Covarrubias confirmó que en Jalisco existen alrededor de 630 mil adultos mayores, lo que equivale al 9% de la población total del Estado. De esta cantidad, según aseguró, hasta un 11% de ellos se encuentra desprotegido.

A nivel estatal, se sabe de la existencia de 127 asilos, en los cuales, viven alrededor de mil 700 ancianos, aunque no todos en calidad de abandono, sino que algunos de ellos aún tienen contacto con sus familiares.

De acuerdo al Presidente de la Comisión de Desarrollo Económico, Diputado José Noel Pérez de Alba, 25 % de los hogares jaliscienses cuentan con adultos mayores, de éstos  el 52% son hogares unipersonales y en el 42% sólo viven los esposos.

Dijo que las principales causas de muerte de los adultos mayores en Jalisco son la diabetes y las enfermedades del corazón; el 41 % de la población discapacitada son adultos mayores y su discapacidad se origina  por la edad avanzada o por alguna enfermedad, principalmente por aspectos motrices o visuales.


Numeralia

Adultos mayores en Jalisco


630 mil, población de adultos mayores en Jalisco.

63 mil, cantidad de adultos mayores en condición vulnerable (uno de cada diez)

50%, total de ancianos que viven con su pareja

36%, total de ancianos que viven con sus familiares

9%, total de ancianos que se encuentra desprotegido

25%, porcentaje de hogares que cuenta con adultos mayores

127, número de asilos en el Estado

1, 700, número de ancianos atendidos en asilos


Fuente:
Consejo Estatal de Salud para la Atención del Envejecimiento

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