Martes, 07 de Octubre 2025

Ésta es la multa por polarizar los vidrios de tu auto

La normativa capitalina busca garantizar la seguridad vial y el respeto a las condiciones técnicas de los vehículos

Por: El Informador

El incumplimiento de esta disposición puede derivar en una multa equivalente a 20, 25 o 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). CANVA

El incumplimiento de esta disposición puede derivar en una multa equivalente a 20, 25 o 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). CANVA

En la Ciudad de México, modificar un vehículo no solo implica cuestiones de estilo o comodidad, sino también el cumplimiento de normas legales específicas que determinan qué tipo de alteraciones están permitidas. El Reglamento de Tránsito de la capital contempla multas y sanciones para quienes realicen cambios no autorizados en sus automóviles.

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Una de las restricciones que más confusión genera entre los conductores es la que se refiere al polarizado de los vidrios laterales y traseros. Según el artículo 43 del reglamento, está prohibido circular con cristales que tengan un nivel de oscurecimiento superior al 20%, salvo que existan razones médicas comprobadas y registradas ante la Secretaría de Movilidad (Semovi), las cuales deben constar también en la tarjeta de circulación.

CANVA 
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El incumplimiento de esta disposición puede derivar en una multa equivalente a 20, 25 o 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Este valor económico, que se actualiza cada año, sirve como base para calcular sanciones y otros conceptos oficiales. En 2025, la UMA tiene un valor de 113.14 pesos mexicanos, lo que significa que la infracción puede ir desde 2 mil 262.8 hasta 3 mil 394.2 pesos.

No obstante, el artículo 43 no se limita únicamente al polarizado. También abarca otras modificaciones en la apariencia o funcionamiento de los automóviles, incluyendo la instalación de bandas de oruga, neumáticos metálicos que deterioren el pavimento, o luces de neón que dificulten la visibilidad de las placas. Igualmente, se prohíben los faros deslumbrantes, micas sobre las matrículas, sistemas antirradares y claxons con sonidos diferentes o de alta intensidad.

Cada una de estas faltas se sanciona con montos vinculados al valor de la UMA, aunque las cantidades varían dependiendo del tipo de infracción. Por ejemplo, alterar el sistema de escape para generar ruidos excesivos o usar neumáticos no permitidos también puede costar entre 20 y 30 veces la UMA.

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En cambio, el uso de detectores de velocidad o sistemas antirradares se castiga con sanciones más severas, que van de 40 a 50 veces la UMA. Por su parte, los faros que encandilan a otros conductores o las placas obstruidas pueden generar multas menores, de entre 10 y 20 veces dicha unidad.

La normativa capitalina busca garantizar la seguridad vial y el respeto a las condiciones técnicas de los vehículos, recordando que incluso las modificaciones estéticas deben cumplir con los lineamientos legales vigentes.

BB

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