Viernes, 17 de Mayo 2024

¿Qué pasa si mi jefe no me quiere dar vacaciones?

Es una de las prestaciones a las que todo trabajador tiene derecho si ha sido registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social

Por: Yahaira Chagollan

Es un derecho reconocido tanto en la Constitución Mexicana como en la Ley Federal del Trabajo. FREEPIK

Es un derecho reconocido tanto en la Constitución Mexicana como en la Ley Federal del Trabajo. FREEPIK

Cuando entras a trabajar de manera formal en México, lo ideal es que tu empleador te garantice un salario digno, derecho a 12 días de vacaciones pagadas por un año de antigüedad, pago de aguinaldo, reparto de utilidades, seguro social, entre otras.

Estas son las prestaciones a las que todo trabajador tiene derecho si ha sido registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y que además se encuentran establecidas en la Ley Federal del Trabajo, documento legal que sustenta los derechos de todos los trabajadores.

En el artículo 78 de la Ley Federal del Trabajo se establece que:

“Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios”.

¿Qué pasa si mi jefe no me quiere dar vacaciones?

Es un derecho reconocido tanto en la Constitución Mexicana como en la Ley Federal del Trabajo, por lo que el empleador no puede negarlas bajo ningún pretexto.

En caso de que tu jefe se niegue a otorgarte este derecho, puedes comunicarte con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), institución que se encarga de proteger los derechos laborales y de seguridad social de las personas trabajadoras.

Asimismo, debes saber que en caso de que la empresa no cumpla con la obligación de darte tus vacaciones, tras una revisión de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, podría ser acreedora a una multa. Esto de acuerdo con el título 16 de la Ley Federal del Trabajo, que dicta lo siguiente:

“El incumplimiento de las normas relativas a la remuneración de los trabajos, duración de la jornada y descansos, contenidas en un contrato Ley, o en un contrato colectivo de trabajo, se sancionará con multa por el equivalente de 250 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización”.

Y en este 2023, con el aumento del UMA, estas multas equivalen a entre 25 mil 935 y 518 mil 700 pesos.

YC

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