Jueves, 18 de Abril 2024

¿Me pagan doble si trabajo el 1 de enero, año nuevo?

¿Trabajas en año nuevo? Conoce si deberán pagarte doble o no en tu trabajo

Por: SUN .

En esta ocasión Año nuevo está calendarizado para el fin de semana por lo que este domingo tendrás que recibir el día de descanso. EFE / ARCHIVO

En esta ocasión Año nuevo está calendarizado para el fin de semana por lo que este domingo tendrás que recibir el día de descanso. EFE / ARCHIVO

En estas fiestas decembrinas millones de personas en México se encuentran de vacaciones disfrutando de la compañía de sus familiares y seres queridos o bien simplemente tomando un merecido descanso, sin embargo hay quienes trabajaron el día de Navidad y tendrán que hacerlo para Año Nuevo.

Varios empleados se cuestionan sobre qué pasa con los días de descanso obligatorios. Para este 1 de enero cada empresa deberá otorgar el día a sus trabajadores, esto de acuerdo con lo establecido por la Ley Federal del Trabajo.

En esta ocasión Año nuevo está calendarizado para el fin de semana por lo que este domingo tendrás que recibir el día de descanso, en caso de no ser así tendrán que pagarte  el doble de tu salario y deberás recibir una prima dominical, equivalente a un 25 por ciento de tu salario diario, esto de acuerdo a la Procuraduría Federal del Trabajo (Profedet).

En la Ley Federal del Trabajo, en el apartado de "Días de descanso", señala que si acordaste con tu patrón laborar ese día, tienes la obligación de hacerlo y el derecho de un pago doble por el servicio prestado. El artículo 75 define que si no se llega a un convenio, lo resolverá el Tribunal.

Los días de descanso obligatorios establecidos por la LFT son:

  • 25 de diciembre, Navidad
  • 1 de enero, Año nuevo
  • Primer lunes de febrero, Aniversario de la constitución
  • Tercer lunes de marzo, Natalicio de Benito Juárez
  • 1 de mayo, Día del trabajo
  • 16 de septiembre, Día de la Independencia
  • Tercer lunes de noviembre, Aniversario de la Revolución Mexicana
  • Primero de diciembre de cada seis años, inicio del mandato presidencial y los días que establezcan las leyes federales, locales o electorales.

MF

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