Viernes, 19 de Abril 2024

Piden mejorar legislación contra el uso del tabaco en Jalisco

Explican que los lugares deben ser 100% libres de humo y sin terrazas simuladas al interior de los establecimientos

Por: Javier Armendáriz

Por esta razón integrantes de Códice, urgieron al Legislativo de Jalisco para que promueva reformas a la Ley de Protección contra la Exposición al Humo de Tabaco del Estado de Jalisco.  EL INFORMADOR/  ARCHIVO

Por esta razón integrantes de Códice, urgieron al Legislativo de Jalisco para que promueva reformas a la Ley de Protección contra la Exposición al Humo de Tabaco del Estado de Jalisco. EL INFORMADOR/ ARCHIVO

La asociación civil Códice, dedicada a la difusión de temas de salud, pidió que en Jalisco se impulse tanto una mejor legislación como reglamentaciones municipales que aseguren que los interiores de establecimientos sean 100% libres de espacios de tabaco.

En un monitoreo que la asociación realizó en junio por 30 bares y restaurantes del municipio de Guadalajara, encontraron que 16 de ellos utilizan “terrazas simuladas”, es decir, lugares que se ostentan como zonas de fumadores, pero que no cumplen con lo necesario para proteger a las personas de la exposición al humo de tabaco.

EL INFORMADOR/ J. Armendáriz

“El 40% de los lugares que monitoreamos tiene terrazas simuladas donde se permite fumar. Esto es un engaño porque estas terrazas no permiten la dispersión del humo de tabaco. Por eso estamos aquí en Guadalajara peleando desde hace ocho o diez años porque se establezca una ley 100% libre de humo de tabaco”, dijo José Luis Llanes, consultor de Códice.

Por esta razón, Llanes urgió al Legislativo de Jalisco para que promueva reformas a la Ley de Protección contra la Exposición al Humo de Tabaco del Estado de Jalisco, de manera que haya “leyes simples, sin ambigüedades” que prohíban la asignaciones de zonas de fumadores en cualquier tipo de espacio cerrado.

De la misma manera, expresó la necesidad de que los municipios cuenten con reglamentaciones en este tema, de manera que también ellos puedan promover acciones directas contra los establecimientos que permitan la exposición a humo del tabaco en sus interiores.

El artículo 15 del Reglamento de la legislación actual señala que las zonas para fumadores deben “ubicarse al aire libre o en espacios interiores aislados” que no sean de pase obligado para las personas de los establecimientos, ni encontrarse en los accesos de los inmuebles.

NM

Temas

Lee También

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones