Viernes, 29 de Marzo 2024

El IEPC pide al gobernador eliminar tuits sobre obras en municipios

Advierten que los mensajes se pueden considerar propaganda violatoria de las restricciones por el periodo de campaña

Por: Rodrigo Rivas Uribe

Según el Artículo 41 Constitucional, durante las campañas electorales deberá suspenderse la difusión en medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Según el Artículo 41 Constitucional, durante las campañas electorales deberá suspenderse la difusión en medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental. EL INFORMADOR / ARCHIVO

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral del Estado ordenó al gobernador de Jalisco retirar de sus redes sociales 20 publicaciones en las que presumía obras realizadas en municipios.

La resolución avalada por las consejeras Silvia Bustos Vásquez, Zoad García González y Claudia Vargas Bautista, advierte que los mensajes se pueden considerar propaganda violatoria de las restricciones por el periodo de campaña. Se dio un plazo de 24 horas, a partir de la notificación, para que el titular del Poder Ejecutivo estatal elimine las publicaciones señaladas.

“A efecto de evitar una eventual producción de daños irreparables en el proceso electoral en curso en el estado de Jalisco y la posible afectación de los principios que rigen los procesos electorales, así como la probable vulneración de los bienes jurídicos tutelados por las disposiciones contenidas en el Código de la materia; se declara procedente la medida cautelar solicitada por lo tanto se ordena al gobernador del estado de Jalisco retirar las publicaciones hechas”, especifica la resolución.

Las publicaciones señaladas se realizaron el pasado 15 de abril, en ellas el titular del Poder Ejecutivo estatal difunde obras en los municipios de Ixtlahuacán del Río, Cuquío, Yahualica, Mexticacán, Cañadas de Obregón, Valle de Guadalupe y San Juan de los Lagos.

La resolución no refiere qué pasará con publicaciones similares realizadas en días posteriores al señalado.

La queja resuelta fue promovida por el partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) que advirtió la finalidad de influir en las preferencias electorales y la violación a las restricciones para difundir propaganda gubernamental durante el periodo de campañas.

Sobre el tema de las giras para supervisar obras y la publicación de videos, el área de Comunicación Social de la administración estatal argumentó que los videos no son propaganda oficial pues “no se difunden por canales institucionales” y añadió que su propósito es informar de las actividades de supervisión y no promocionar logros. Aseveró que las redes sociales del gobernador son privadas y no operan con recursos públicos, y que sus giras son “actividades inherentes” a las funciones del titular del Ejecutivo y no están prohibidas por la ley electoral.

SABER MÁS

Según el Artículo 41 Constitucional, durante el tiempo que comprendan las campañas electorales deberá suspenderse la difusión en medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental. Sin embargo, la administración estatal niega que las giras y videos difundidos en las redes sociales del mandatario estatal violen esa disposición.

GC

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