Jueves, 28 de Marzo 2024

El Consejo Ciudadano de Búsqueda busca cinco integrantes

Conoce los documentos que las personas interesadas deberán presentar ya esa este 9 o el 12 de junio  

Por: Ilse Martínez

Los integrantes del Consejo no pueden ser servidoras públicas y realizan sus acciones sin remuneración económica durante tres años. EL INFORMADOR/ARCHIVO

Los integrantes del Consejo no pueden ser servidoras públicas y realizan sus acciones sin remuneración económica durante tres años. EL INFORMADOR/ARCHIVO

El Consejo Ciudadano de Búsqueda emitió una convocatoria para cinco nuevos integrantes, quienes deberán llevar sus documentos hoy 9 o el 12 de junio de este año ante la Oficialía de Partes del Congreso del Estado, con domicilio en Avenida Hidalgo #222, colonia Centro de Guadalajara, en un horario de 09:00 a 21:00 horas.

El Consejo Ciudadano de Búsqueda es un órgano de consulta del Comité Coordinador del Sistema Estatal de Búsqueda, cuya tarea es dar seguimiento e impulsar la implementación de la Ley de Personas Desaparecidas del Estado de Jalisco. Las y los integrantes del Consejo no pueden ser servidoras públicas y realizan sus acciones sin remuneración económica durante tres años.

Para esta ocasión se realizará la renovación de las siguientes personas integrantes:

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  • Dos familiares de personas desaparecidas, con representatividad de mínimo dos regiones distintas Jalisco.
  • Una persona especialista de reconocido prestigio en la protección y defensa de los derechos humanos, la búsqueda de las personas desaparecidas o en la investigación y persecución de los delitos previstos en la Ley General en la materia.
  • Una persona representante de alguna organización de la sociedad civil de derechos humanos.
  • Una persona especialista forense.

SABER MÁS
¿Qué necesitan presentar?

Para acreditar los requisitos previstos, las personas aspirantes deberán presentar los siguientes documentos:

a) Escrito libre con firma autógrafa en el que la persona interesada manifieste las razones por las que desea ser consejero/a y su aceptación a los términos y bases de la presente convocatoria y al cargo a ocupar.
b) Escrito libre con firma autógrafa con los datos del candidato/a: nombre completo, edad, domicilio, teléfono y correo electrónico, estos dos últimos como medio de notificación
c) Para el caso de la persona especialista deberá entregar currículum vitae con firma autógrafa, los documentos que acrediten la materia en la especialidad y síntesis curricular en versión pública para ser publicada.
d) Copia simple de acta de nacimiento y de documento oficial que acredite su identidad.
e) Escrito con firma autógrafa manifestando bajo protesta de decir verdad el cumplir con los requisitos.
f) En el caso de personas familiares, deberán de acreditar su parentesco con las personas desaparecidas y su domicilio, con documento idóneo
g) En el caso de la persona especialista de reconocido prestigio en la protección y defensa de los derechos humanos, la búsqueda de personas desaparecidas O en la investigación y persecución de los delitos previstos en la Ley General de la materia, deberá presentar documento idóneo
h) En el caso de la persona representante de organizaciones de la sociedad civil de derechos humanos, deberá presentar al menos una carta de recomendación de la organización de la sociedad civil defensora.

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¿Qué no se permite?

Para ser electo integrante del Consejo Ciudadano, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

1.Que no hayan sido condenadas o condenados por delito doloso o haber sido objeto de recomendaciones de organismos públicos autónomos de derechos humanos por violaciones a derechos humanos, violaciones en materia de desaparición de personas o sanciones administrativas graves de carácter firme, a quien haya sido funcionaria o funcionario público.
2. No haber desempeñado cargo de dirigente nacional o estatal en algún partido político, dentro de los cuatro años previos a su nombramiento
3. No haber desempeñado un cargo público en los tres años previos. 

JM

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