Viernes, 26 de Abril 2024

Avanza ley para regular “big brother” tapatío

Se establece que la utilización de equipos y sistemas tecnológicos en espacios públicos será función exclusiva de la seguridad pública estatal y municipal

Por: Rodrigo Rivas Uribe

Incluye los puntos con mayor incidencia delictiva en la estadística criminal de las autoridades, las zonas con mayor índice de percepción de inseguridad. EL INFORMADOR/ ARCHIVO

Incluye los puntos con mayor incidencia delictiva en la estadística criminal de las autoridades, las zonas con mayor índice de percepción de inseguridad. EL INFORMADOR/ ARCHIVO

Diputados de la Comisión de Puntos Constitucionales en el Congreso del Estado avalaron reformas a la ley del Sistema de Seguridad estatal para incluir un apartado que regula el uso de tecnología y redes de telecomunicación para la seguridad. También define criterios para colocar y operar las cámaras de vídeovigilancia.

Con estos ajustes, se establece que la utilización de equipos y sistemas tecnológicos en espacios públicos será función exclusiva de los cuerpos de seguridad pública estatal y municipal. Se regula a los particulares que dispongan de cámaras de seguridad en los espacios privados con uso público. También se crea el Registro de Tecnologías, mismo que estará a cargo del escudo urbano C5, que integrará todos los equipos de las autoridades de seguridad pública destinados a prevenir y combatir conductas ilícitas.  Además, todos los equipos tecnológicos de grabación podrán ser interconectados, previo convenio, al C5.

Se incluyen multas que van de cuatro mil a 80 mil pesos y la destitución del cargo e inhabilitación hasta por cinco años, al servidor público que participe en la divulgación indebida de las grabaciones obtenidas. Los particulares también pueden ser sancionados, hasta con 120 mil pesos, por la difusión de grabaciones sin autorización previa correspondiente de la autoridad competente o por no hacer público su aviso de privacidad.

En la regulación se enlistan los criterios a seguir para la instalación de los equipos de videovigilancia, se priorizan zonas escolares, recreativas y lugares de mayor afluencia.

También áreas públicas de colonias, unidades habitacionales y demás lugares de concentración de personas. Incluye los puntos con mayor incidencia delictiva en la estadística criminal de las autoridades, las zonas con mayor índice de percepción de inseguridad, con mayor número de faltas administrativas, intersecciones viales más conflictivas o áreas con mayor vulnerabilidad a fenómenos de origen natural o humano identificados en los atlas de riesgo.

Luz verde a ley orgánica del C5

Fue aprobada en comisiones legislativas del Congreso del Estado la ley que regula el funcionamiento del Centro de Coordinación, Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo del Estado (C5). En 36 artículos plantea facultades y atribuciones del nuevo centro.

Se describen como parte de las facultades del C5 administrar y operar su infraestructura, herramientas tecnológicas, servicios, sistemas o equipos de comunicación y geolocalización de que disponga. Administrar y operar los servicios de atención de llamadas a emergencia 911, denuncia anónima 089 y Locatel.

El C5 quedará sectorizado a la secretaría que el gobernador defina, también es su facultad nombrar al director. Se da plazo de dos meses para que se integre la Junta de Gobierno del centro y hasta seis meses para que se publique su reglamento.

NM

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