En México, los días feriados -también conocidos como puentes- son fechas festivas establecidas como de descanso obligatorio, durante las cuales no se llevan a cabo actividades laborales ni escolares. Esto significa que tanto los trabajadores como los estudiantes tienen el derecho de ausentarse de sus centros de trabajo o escuelas sin ninguna repercusión.Al respecto, la Ley Federal del Trabajo (LFT) indica en su artículo 74 que estos son los días de descanso obligatorio para 2025:Existen algunas empresas que le dan a los trabajadores dos días de descanso con motivo de la Semana Santa, el Día de las Madres, o el Día de Muertos, sin embargo, estos no son obligatorios en la LFT.A este año 2025 todavía le quedan el puente por el Día de la Independencia, el del 20 de noviembre, y uno más por Navidad.En ese caso, quedan 15 días para que haya otro descanso obligatorio, el cual llega con pago extra en caso de trabajar en esa fecha; este corresponde al del 16 de septiembre, que esta vez cae en martes.De acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de la LFT, indica que tanto empleadores como trabajadores deben determinar la cantidad de los segundos que prestarán sus servicios en el día festivo.Aquellas personas que tengan que acudir a realizar sus labores de manera habitual durante un día de puente en 2025, tienen derecho a recibir, además del salario correspondiente al descanso obligatorio, el doble por el servicio prestado, es decir, deben recibir el pago de un salario triple.También, si un día de descanso obligatorio coincide con un domingo, el empleador deberá pagar a los trabajadores la prima dominical, según lo estipulado en el artículo 71 de la LFT.Entonces, los trabajadores recibirán el triple del salario por laborar en un día de descanso obligatorio, más la prima dominical, en caso de que corresponda.En caso de que se labore en los días de Semana Santa, Día de las Madres o Día de Muertos, estos no conllevan un pago extra.*Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsAppOF