Viernes, 26 de Abril 2024

Exhortan a efectuar reparto de utilidades a jaliscienses

Todo trabajador que labora para personas morales, es decir empresas, deberá recibir el pago a más tardar el 30 de mayo

Por: NTX

El Reparto de Utilidades (PTU) es una prestación y un derecho que tienen los trabajadores de participar en las ganancias que obtiene la empresa para la que presta sus servicios. EL INFORMADOR / ARCHIVO

El Reparto de Utilidades (PTU) es una prestación y un derecho que tienen los trabajadores de participar en las ganancias que obtiene la empresa para la que presta sus servicios. EL INFORMADOR / ARCHIVO

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) de Jalisco exhortó a las empresas a otorgar el Reparto de Utilidades (PTU) ya que es una prestación y un derecho establecido en la Constitución Política que tienen los trabajadores de participar en las ganancias que obtiene la empresa para la que presta sus servicios.

Añadió que todo trabajador que labora para personas morales, es decir empresas, deberá recibir el pago a más tardar el 30 de mayo, mientras que en el caso de quienes lo hacen para una persona física la fecha límite es el 30 de junio.

Indicó que el año pasado la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de la STPS de Jalisco asesoró a 400 personas por PTU, mientras que en lo que va de este año la oficina ha recibido a 49 usuarios por esta materia.

Añadió que quienes laboran en un centro de trabajo tienen un año a partir de la fecha de vencimiento para reclamar la prestación en las instalaciones de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo ubicadas en Calzada de las Palmas número 96, entre Doctor R. Michel y Calzada Independencia, a un costado del Parque Agua Azul.

Señaló que para poder ser acreedor al Reparto de Utilidades es necesario que el trabajador haya laborado al menos 60 días en empresas y que las utilidades sean de 300 mil pesos en adelante según su declaración fiscal, así como que la empresa tenga más de un año en funcionamiento, según lo estipula la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Detalló que, de acuerdo a dicha ley, tienen derecho a participar en la entrega del PTU toda persona que preste servicio a una empresa o a un patrón, las madres durante los periodos prenatales y postnatal, trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el periodo de incapacidad laboral y los padres que hubieren solicitado el permiso de paternidad.

Precisó que no tienen derecho: directores, administradores, gerentes generales, profesionistas, artesanos técnicos y otros que mediante el pago de honorarios presten sus servicios sin que exista una relación subordinada con un patrón, como lo señala el artículo 127 de la LFT.

Resaltó que son exceptuadas de la entrega del PTU las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento; y centros de trabajo dedicados a la elaboración de un producto nuevo durante los dos primeros años de funcionamiento.

Además de aquellas dedicadas a la industria extractiva, de nueva creación, durante el periodo de exploración; instituciones de asistencia privada y el IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

Destacó que la Procuraduría de la Defensa del Trabajo abre sus puertas de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 horas de lunes a viernes, y los sábados de 9:00 a 14:00 horas, y se cuenta con el número telefónico 01 800 08 72 707 para atención y denuncia de cualquier anomalía por parte de los servidores públicos de esta institución.

Subrayó que la STPS cuenta con módulos de asesoría a las afueras de las instalaciones donde un procurador auxiliar podrá despejar cualquier duda que tenga el trabajador respecto a la violación de sus derechos laborales.

Puntualizó que los servicios que brinda la STPS de Jalisco son gratuitos, por lo que se invita a la ciudadanía a no dejarse engañar por personas externas llamados "coyotes". 

OA

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