Jueves, 28 de Marzo 2024
México | La Profepa señala que el establecimiento operaba sin autorización de impacto ambiental

Tiran tienda de conveniencia en playa de Nayarit

La Profepa señala que el establecimiento operaba sin autorización de impacto ambiental de la Semarnat

Por: NTX

La Profepa ordenó la restauración de la superficie afectada por la construcción de la tienda, en la comunidad de Sayulita. TWITTER / @PROFEPA_Mx

La Profepa ordenó la restauración de la superficie afectada por la construcción de la tienda, en la comunidad de Sayulita. TWITTER / @PROFEPA_Mx

CIUDAD DE MÉXICO (18/AGO/2017).- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) inició la demolición de una tienda de conveniencia en la Playa de Sayulita, en Nayarit, debido a que operaba sin la autorización federal de impacto ambiental que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
 
Como parte de la sanción, la Procuraduría también impuso una multa por 400 mil 259.20 pesos, y ordenó la restauración de la superficie afectada por la construcción de la tienda, al final de la calle Pelícanos, en la comunidad de Sayulita.
 
En un comunicado, la dependencia informó que la acción es resultado de un procedimiento administrativo contra la tienda de conveniencia, que fue clausurada de manera temporal en julio de 2016, debido a que fue instalada y puesta en funcionamiento de manera ilegal.
 
Agregó que el infractor promovió recurso de revisión en contra de la resolución dictada, la cual quedó firme al haberse sobreseído el medio de impugnación intentado, por lo que se procedió al retiro de las obras e instalaciones que fueron construidas y operaban de manera ilegal.
 
Como parte de la restauración ordenada, se estableció realizar la demolición de las obras construidas que no cuentan con autorización en materia de impacto ambiental en un plazo de 30 días, así como la reforestación de la superficie afectada por las obras y actividades del establecimiento, para reintegrarla a sus condiciones originales.
 
Además, se obligó al infractor a realizar acciones de monitoreo, conservación y mantenimiento de los ejemplares plantados durante la reforestación que se realizará para garantizar una sobrevivencia mayor o igual a 80 por ciento.

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