Jalisco | Contaminación visual en la metrópoli Reglamentos contra contaminación urbana quedan en letra muerta Las empresas replican estrategia para anunciar productos en zonas prohibidas gracias a las autorizaciones del TAE Por: EL INFORMADOR 3 de noviembre de 2014 - 03:18 hs Foco publicitario. Las bebidas alcohólicas son el producto más difundido a través de lonas y mantas (Américas y Avenida México). EL INFORMADOR / M. Vargas GUADALAJARA, JALISCO (03/NOV/2014).- La demanda promovida en abril de este año contra cuatro ayuntamientos para la instalación de publicidad en puentes peatonales no es la primera que obtiene una resolución favorable del Tribunal Administrativo del Estado (TAE), pese a tratarse de anuncios prohibidos en los reglamentos de los municipios. Hay un antecedente en el que se operó estratégicamente. El 13 de diciembre de 2011, el magistrado Alberto Barba resolvió que los gobiernos de Guadalajara y Tlaquepaque debían entregar licencias para colocar anuncios en puentes a la empresa “Competitividad Sistemática Integral”, representada por Gregorio Carrillo González. El argumento fue el mismo que se emitió para el caso más reciente: la figura de afirmativa ficta ante la falta de respuesta de los municipios a la solicitud de la concesión del particular. Y tras perder el juicio, ahora una empresa explota con fines publicitarios 12 puentes peatonales en Tlaquepaque y 26 puentes en los principales corredores de Guadalajara: Federalismo-Colón, Lázaro Cárdenas, López Mateos, Periférico y 8 de Julio. Como ese tipo de publicidad no existe en la reglamentación municipal, el Ayuntamiento tuvo que hacer un ajuste este año en su Ley de Ingresos para cobrarle al particular la utilización de estas estructuras públicas a su favor. Es decir, están prohibidos, pero sí hay ingresos por las autorizaciones. Según la Ley de Ingresos, por cada metro cuadrado sobre la superficie que se publicite se cobran 750 pesos. Sin embargo, al cobrar por esta nueva forma de publicidad, aún prohibida en su reglamento, en el municipio sentó un precedente para que otros particulares recurran también al TAE y consigan su autorización, como está ocurriendo. La titular de Padrón y Licencias de Guadalajara, Sofía Valencia Abundis, explica que este tipo de anuncios no se contemplan en el reglamento por cuestiones de seguridad. A diferencia de los anuncios en puentes peatonales, cuyo cobro se estipula en la Ley de Ingresos, en el caso de las lonas, el Ayuntamiento no puede cobrarles a los particulares por la utilización de edificios. Esto, explica el Departamento de Imagen Urbana, se debe a que los juicios no han sido resueltos en el Tribunal. Las sentencias que emita el TAE en el caso de las ocho lonas en edificios podrían abrir la puerta a una forma ilegal de hacer publicidad, hasta ahora inexistente. La Sala a favor de los anunciantes En la Sexta Sala del Tribunal, presidida por el magistrado Alberto Barba Gómez, han “caído” las demandas interpuestas por los anunciantes que buscan ir contra los reglamentos municipales. Barba Gómez, autor de la sentencia que condenó al Ayuntamiento tapatío a la autorización de 26 anuncios sobre puentes peatonales, defendió en su momento el sustento legal de su conclusión, al asegurar que la empresa “Competitividad Sistemática Integral” sí reunía todos los requisitos legales para haber obtenido una respuesta favorable de la autoridad, a pesar de que la figura de anuncios en puentes peatonales ni siquiera existe. Argumentó que existió una omisión de la autoridad municipal cuando no otorgó una respuesta dentro de los plazos legales previstos, por lo que se actualizó la figura de la afirmativa ficta y el Ayuntamiento se vio obligado a entregar las licencias correspondientes. En marzo de 2013, la Sindicatura tapatía afirmó que hubo irregularidades en la sentencia del TAE y que carecía de sustento, pues no fueron ingresados los trámites ante el Ayuntamiento, requisito indispensable para la afirmativa ficta. El director de lo Contencioso, Javier Salas, confirmó que nunca recibieron los trámites: “Los empresarios buscan este mecanismo para obtener licencias”. Se buscó la postura del magistrado al respecto, pero no hubo respuesta. “Deben ser una contraprestación” En el caso de Zapopan, los permisos para colocar publicidad en puentes peatonales son una concesión exclusiva para los particulares que construyen esas estructuras urbanas, afirmó el entonces director de Inspección de Reglamentos, Fernando Espinoza. Algunos ejemplos en ese municipio son los construidos por instituciones educativas, como la Universidad del Valle de México (UVM) en Periférico y el que está en Ávila Camacho frente al Instituto de Ciencias. “Se identifica la necesidad de un puente en determinado cruce o crucero y se establece una concesión (para poner publicidad) que autoriza el Ayuntamiento de Zapopan, porque es superior a tres años; de otra manera la inversión no sería redituable para la persona que está construyendo el puente”. Explica que el costo de la construcción de un puente oscila entre dos y cuatro millones de pesos. “Ellos construyen los puentes y, a cambio, a través de la concesión previamente firmada y discutida en el pleno del Ayuntamiento y aprobada, se les da un espacio para publicitar las marcas que ellos consideren, obviamente siempre respetando el Reglamento de Publicidad”. Sin embargo, eso no aplica para el caso de la empresa “Stadt Media” y la resolución del Tribunal Administrativo del Estado (TAE) puesto que, al menos en Zapopan, los tres puentes involucrados no pertenecen al constructor de los mismos. Se buscó la postura de la empresa, pero no fue posible. “En ese caso es una persona que fue con sus abogados para hacer una estrategia, ir a un Tribunal donde no sé de qué manera admiten una demanda de este tipo, porque tú no puedes pedir la publicidad en un lugar que tú no construiste”, aseguró Espinoza. En su opinión, la decisión judicial carece de lógica y denota la falta de conocimiento de la Sexta Sala del TAE sobre la reglamentación. “Hay cosas concesionables y otras no, y el requisito es que cuando la concesión va más allá de los tres años que le corresponde a la administración ésta debe ser votada en el Ayuntamiento por mayoría calificada”. Los casos de Alberto Barba Gómez Mayo de 2010. Otorgó la suspensión del nuevo Reglamento de la Administración Pública de Guadalajara a Salvador Cosío Gaona, presidente de Conciencia Cívica. Mayo de 2010. Suspendió la compra de 200 patrullas en Zapopan, hasta que se resolviera un juicio que interpuso uno de los participantes de la licitación pública. Junio de 2010. Se presentó un juicio político en el Congreso contra Alberto Barba Gómez por la supuesta protección a “aviadores”. Un año después fue desechada la solicitud. Octubre de 2011. Se aprobó el desarrollo Dos Puntas un año después de que la licencia de construcción fuera declarada nula e impugnada por un particular. Al final, el Tribunal validó los permisos para ambas torres. Febrero de 2011. Aprobó el cambio de uso de suelo a favor de la inmobiliaria Promociones Citadel para edificios sobre la Avenida Acueducto, dentro del área Los Colomos III. Junio de 2013. Falló a favor de la Villa Panamericana para que no pagara una multa de un millón 500 mil pesos a Zapopan por las descargas de aguas residuales en La Primavera. Más tarde el TAE revocó la sentencia. Septiembre de 2013. Suspendió la medida cautelar que llevó Guadalajara para detener un motel en San Miguel de Mezquitán que transgrede el plan parcial. La construcción continúa. Febrero de 2014. Otorgó a la defensa de Rodolfo Ocampo, ex director del SIAPA, una suspensión ante los actos que emprendiera el Congreso por irregularidades millonarias. Ciudadanos reprueban anuncios Las lonas de dimensiones gigantes causan distracción para transeúntes y automovilistas, afirman quienes las observan a diario. Coinciden en la “contaminación visual” que generan. Las estrategias de publicidad de firmas dedicadas a la venta de alcohol y una de telefonía, incluyen la colocación de lonas de proporciones gigantescas en plazas comerciales o edificios. Se detectaron al menos tres puntos en los que las lonas han sido colocadas: el centro comercial en el cruce de Patria y Acueducto, Avenida México (poco antes de López Mateos) y Avenida Unión, cerca de López Cotilla. Tras consultar a peatones en cada uno de los puntos, 12 de ellos se dijeron en desacuerdo con los anuncios, uno contestó que “le daba igual” si estaban o no, y dos más calificaron como “original” y “llamativa” la estrategia. Elena Serrano, vecina de Avenida Patria, dice no estar sorprendida por la aparición de mantas, pues éstas estrategias publicitarias “no son nuevas”. No obstante, critica que las lonas cada vez sean más grandes y expone que algunos choques en el cruce podrían haber ocurrido por culpa de éstas. Daniela y Ximena Castrejón consideran que es “exagerada” la dimensión de los anuncios. Tanto, que el término de “contaminación visual” les queda pequeño. “Es una cochinada. No tienen razón para estar ahí. Es ridículo que la autoridad lo permita”. Fabián Otero y Carlos Velasco se dicen molestos porque las lonas son “grandes” y “feas”, y se suman a una “interminable” lista de anuncios espectaculares que afectan la zona de Acueducto y Patria. ACCIONES CONTRA PUBLICIDAD IRREGULARMucha publicidad, pocas clausuras Mientras algunos municipios meten “mano dura” contra la publicidad en espacios urbanos prohibidos como inmuebles patrimoniales y puentes peatonales, otros apenas han emitido sanciones o éstas van a la baja. En Guadalajara, la revisión y sanción contra dueños de publicidad ilegal en inmuebles patrimoniales tuvo su momento más agudo el año pasado, cuando se emitieron 127 infracciones, la mayor cantidad anual registrada desde 2009. Sin embargo, en lo que va de 2014 apenas suman 30 multas y una clausura, la única en los últimos cinco años y lo que va del actual. En total, el Ayuntamiento tapatío ha impuesto 353 infracciones por anuncios sin permiso y 354 apercibimientos de 2009 a la fecha. Por su parte, la Dirección de Inspección y Reglamentos de Tonalá señala que no tiene ningún tipo de procedimiento levantado contra particulares que hayan puesto un anuncio en un puente peatonal. Caso contrario a las mantas que deben instalarse de manera temporal, pues en 2013, la cantidad total de actas por la colocación de lonas ascendió a seis, mientras que en lo que va del año van 72. En el caso Zapopan, la Dirección de Inspección de Reglamentos documenta nueve actas levantadas contra particulares por instalar indebidamente publicidad en puentes peatonales. En los inmuebles patrimoniales, los cuales están protegidos contra la colocación anuncios, se han ubicado 43 comerciales en situación clandestina que se tradujeron en 21 apercibimientos y 22 actas. Entre ellos se reportó una lona de corte político que fue embargada por instalarse fuera de tiempos electorales en 2009. Tlaquepaque, por su parte, respondió que no documenta ningún caso de clausura o infracción por este tipo de anuncios. LA CIFRA 1 sólo una clausura en anuncios ilegales en edificios registra Guadalajara en los últimos cinco años. 353 infracciones contra propietarios de anuncios sin permiso en Guadalajara de 2009 a la fecha. 43 anuncios clandestinos se han documentado en edificios en Zapopan en el último lustro. Sigue: #debateinformador¿Qué opina de la proliferación de anuncios publicitarios en edificios, principalmente de bebidas alcohólicas?Participa en Twitter en el debate del día @informador Temas Municipios TAE Lee También ¿Cuál era la relación entre el barco pirata hundido en Vallarta y Colón? No descartan episodios de lluvia dispersa este sábado en Guadalajara Bajan lluvias el sábado en Guadalajara, pero se mantiene nublado Con "Raymond" cerca, Guadalajara espera lluvias a esta hora del viernes Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones