Martes, 16 de Abril 2024
Jalisco | En Guadalajara, una decena de ex trabajadores pelean en tribunales 23 millones de pesos

Quieren pegarle 'al gordo' con demandas laborales

En Guadalajara, una decena de ex trabajadores pelean en tribunales 23 millones de pesos

Por: EL INFORMADOR

Jorge Antonio Félix Padilla, coordinador en la Dirección de Desarrollo Económico en 2007, recibirá 4 millones 87 mil pesos. EL INFORMADOR / J. López

Jorge Antonio Félix Padilla, coordinador en la Dirección de Desarrollo Económico en 2007, recibirá 4 millones 87 mil pesos. EL INFORMADOR / J. López

GUADALAJARA, JALISCO (05/ABR/2016).- Por presunto despido injustificado, la falta de pago de prestaciones e indemnizaciones, 10 ex trabajadores pelean juicios laborales por un monto de 23 millones de pesos al Ayuntamiento de Guadalajara.

Se trata de coordinadores, directores y jefes de departamento, casi todos de confianza y con altos salarios, de acuerdo con la base de datos transparentada por la alcaldía y que se actualiza cada mes.

El caso más costoso es representado por Jorge Antonio Félix Padilla, quien fungía como coordinador en la Dirección de Desarrollo Económico.  El juicio de este ex funcionario, que inició en 2007 cuando Alfonso Petersen era alcalde, es cuantificado en cuatro millones 87 mil pesos, por lo que ya se encuentra en la etapa de requerimiento; es decir, que sobre el Ayuntamiento ya pesa una sentencia que lo obliga a pagar un laudo.

Otro juicio, también en etapa de requerimiento, fue promovido por el ex director jurídico de lo contencioso Jorge Arturo Andrade Alcalá en 2010, durante la administración de Aristóteles Sandoval. Por este caso, el municipio deberá desembolsar tres millones 611 mil pesos.

El más “barato” en el top 10 es el juicio del ex director de los Programas de desarrollo social, Víctor Armando Ortiz Ortega, quien inició una demanda en 2010 y ahora pelea dos millones 600 mil pesos. En este proceso  se interpuso un amparo.

Víctor Salazar Rivas, actual director jurídico laboral del Ayuntamiento, responde que algunos ex trabajadores de confianza consideran que se hacen acreedores a derechos por el tiempo que llevan en el puesto.

“Muchas veces lo que nos demandan es una estabilidad laboral aunque no son trabajadores de base. Algunos ex t rabajadores saben que termina su ciclo (en la administración), pero nos demandan aunque tengan un contrato que ya feneció y una baja firmada con carta de renuncia. Se acercan con algún abogado que los convence de demandar’’.

Salazar Rivas acentúa que una importante cantidad de los dos mil 407 juicios laborales que enfrenta la comuna son promovidos por jefes y directores de área.

El Artículo 7 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios establece que los trabajadores, “con nombramiento temporal por tiempo determinado” y que la naturaleza de sus funciones sean de base, tendrán derecho a que se les otorgue un nombramiento definitivo.

Pero esto no aplica para aquellos que realicen funciones de dirección, mando, coordinación, supervisión, inspección, vigilancia, fiscalización y auditoría, entre otros, pues son considerados trabajadores de confianza de acuerdo con el Artículo 3.

Los juicios más caros por pagar o cuantificados

Demandante Despido Puesto Cuánto reclaman al Ayuntamiento
Jorge Antonio Félix Padilla 2007 Coordinador 4’087,576.81
María Estela Rodríguez Ponce 2012 Auditora 3’777,471.80
Raúl García Quirarte 2007 Auxiliar de producción 3’684,785.70
Jorge Arturo Andrade Alcalá 2010 Director jurídico de lo contencioso 3’611,489.30
José Luis Francisco Ortega Vázquez 2010 Colaborador “A” 2’825,002.99
María del Pilar Rivera Martínez 2010 Jeja de departamento “A” 2’804,760.61
Edgar Francisco Gutiérrez Arellano 2010 Colaborador “A” 2’791,637.55
Isidro Luna Muñoz 2010 Director técnico de inspección 2’774,074.49
José Refugio Villegas Pérez 2010 Oficial del Registro Civil 2’614,480.46
Víctor Armando Ortiz Ortega 2010 Director de programas de Desarrollo Social 2’600,758.81
Total

23’706,989.91

Nota: La estadística no incluye a César Omar Villalobos Herrera, ex director de Mejora Regulatoria durante la administración 2007-2009, quien pelea ocho millones pesos al Ayuntamiento. La respuesta es porque no está cuantificado el juicio en la última lista publicada en febrero pasado; es decir, que el caso aparecerá hasta la próxima publicación de la información.

EL CASO MÁS ESCANDALOSO

Reclama ante Tribunal ocho millones de pesos

César Omar Villalobos Herrera, ex director de Mejora Regulatoria durante la administración 2007-2009, entabló un juicio contra el Ayuntamiento cuantificado en ocho millones pesos.

Para dimensionar la cifra anterior es equivalente al presupuesto anual de toda la Jefatura de Gabinete, pero también es superior, por tres millones de pesos, al de la Sindicatura Municipal.

El ex funcionario, a pesar de que fue empleado de la categoría de confianza, demanda desde el año 2010 su reinstalación y el pago de salarios caídos, así como aguinaldo, prima vacacional, así como incrementos salariales y el bono por el Día del servidor público.

Villalobos Herrera también se desempeñó como director de Control de la Edificación y la Urbanización en el Ayuntamiento de Guadalajara durante las últimas dos administraciones panistas (de Emilio González Márquez y Alfonso Petersen Farah) y estuvo en la plantilla de regidores del entonces candidato y luego presidente municipal Fernando Garza.

El actual director jurídico laboral del municipio, Víctor Salazar Rivas, responde que se presentaron una serie de denuncias penales por las irregularidades encontradas en este juicio, que está en etapa de “substanciación”.

“Resulta que el síndico (de la administración pasada), al exhibir en ese momento el poder, no contaba con facultades. También se suspendió una audiencia por pláticas y no compareció el Ayuntamiento”.

El funcionario indica que la nueva administración ha procedido a revisar caso por caso y que, en varios de éstos, han descubierto anomalías. “Se pudiera presumir, aunque no lo puedo precisar, que hay una colusión con las propias personas o abogados que llevaban anteriormente los juicios porque resultaba que no comparecían, no presentaban las pruebas correctas, que se les iban las etapas procesales y que no comparecían con los documentos idóneos’’.

HERENCIA

Las anomalías detectadas


• Acuerdos sólo de “palabra”.

• Los abogados municipales faltaban a las comparecencias.

• Se presentaban pruebas incorrectas.

• A las comparecencias que sí iban los abogados del Ayuntamiento llevaban documentos que no los acreditaban como representantes legales.

• Recontrataban a los demandantes para volverlos a despedir.

Se “blindan” con diálogo

Las direcciones Jurídica y de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Guadalajara ya aplican una estrategia para blindarse contra los laudos.

Salazar Rivas detalla que antes de despedir a un trabajador se privilegia el diálogo para buscar un arreglo que beneficie a ambas partes.

Esta estrategia ya ha reducido el número de empleados que presentan demandas contra el municipio, al precisar que desde el primero de octubre a la fecha sólo se han presentado 251.

Otra táctica que aplica la alcaldía en el tema fue la instalación de mesas de negociación, las cuales fueron abiertas para los ex trabajadores interesados en negociar el pago de laudos.

“Alrededor de 60 trabajadores se han acercado al área jurídica laboral pidiendo una negociación. Venían tan seguido que se propuso al Ayuntamiento que se implementaran estas mesas que ya están trabajando desde febrero’’.

El funcionario comenta que los objetivos de las mesas son transparentar los procesos para llegar a arreglos.

“Muchos (ex) trabajadores saben que no podemos pagar el 100% de lo que piden, pero que tal vez sí les podemos dar un 70 o 80 por ciento’’.

Salazar Rivas precisa que en las mesas se determina un monto que le convenga tanto al trabajador como al municipio, y que no provoque que se descuiden las áreas de la administración por pagar los laudos millonarios.

CLAVES

Enrique Alfaro ya pagó 11 millones de pesos

Recuento. La actual administración de Enrique Alfaro ha desembolsado 11 millones 230 mil pesos en pagos a 174 actores de juicios laborales contra el municipio. Esto ha significado un ahorro de 16 millones 430 mil pesos, revela el director jurídico laboral, Víctor Salazar Rivas. Sin embargo, el funcionario acentúa que, tras negociar con los demandantes, se evitó que el Ayuntamiento pagara más de 27 millones de pesos.

Convenio. De acuerdo con su dependencia, en al menos seis casos el municipio ha logrado acordar con los trabajadores el pago de indemnizaciones menores y en dos más se logró que el demandante desistiera del proceso legal.

Pasado. Durante la administración del priista Ramiro Hernández se pagaron 169 millones de pesos en laudos, además convenios por 98 millones 493 mil pesos.

PRESENTE ADMINISTRACIÓN

Estatus de los juicios



En substanciación 980
Concluidos 481
Casos con amparo 422
Convenio 161
Laudo 139
Requerimiento 125
Desistimiento 78
En análisis por la Sindicatura 18
Acumulados a otros expedientes 3
Total 2,407

TELÓN DE FONDO

Bomba de tiempo


Los juicios laborales y los laudos acumulados en las administraciones públicas representan una bomba de tiempo para los poderes Ejecutivo (Estado y municipios) y Legislativo, así como para los Organismos Públicos Descentralizados. A las deudas con instituciones bancarias, proveedores y pensiones, entre otras, se deben añadir estos pasivos contingentes que representan cantidades millonarias en detrimento de las finanzas públicas.

El problema que enfrentan las autoridades es que la gran mayoría de los juicios fue heredada por las pasadas administraciones y prácticamente nada pueden hacer para defenderse porque ya fueron contestadas esas demandas. Sólo esperan la resolución del Tribunal de Arbitraje y Escalafón.

Esto significa que si las anteriores administraciones respondieron de forma defectuosa cada juicio o se demuestra la ilegalidad del despido, el fallo estará a favor del demandante.
En el caso del Gobierno de Jalisco, la pasada administración heredó mil 446 juicios activos.

Entre los gobiernos estatal y municipales hay juicios heredados desde 1998. La presión para las finanzas públicas es que, entre más se prolongan las resoluciones, las sentencias en contra tienen el factor común de pagos millonarios por salarios caídos y hasta las reinstalaciones de los demandantes, que “engordan” más las nóminas de las administraciones.

En 2012 se reformó la Ley para los Servidores Públicos de Jalisco y sus Municipios. El Artículo 6 señala que ya “no podrá otorgarse ningún nombramiento supernumerario que trascienda el periodo constitucional del titular de la entidad pública en la que se otorgó (entre los tres y seis años)”.

Por otra parte, los servidores públicos que desempeñen nombramientos temporales o de carácter interino, provisional o por obra determinada, no adquieren derecho a la estabilidad laboral. Esas reformas pretenden ayudar en parte a que estos empleados terminen las relaciones laborales en automático, pero continúan presentándose problemas.

GUÍA

El boquete


Mientras especialistas en derecho laboral coinciden en que se requieren cambios estructurales en las normas, que protejan la dignidad de los trabajadores, pero también las finanzas de la administración pública, hay un punto interesante: no hay sanciones contra los funcionarios que propiciaron el despido injustificado de los empleados relacionados con los juicios laborales; es decir, los principales causantes de este lastre en los gobiernos ni siquiera tienen responsabilidad administrativa cuando se dicta un laudo.

El gran problema para las autoridades demandadas es que la mayoría de los juicios activos será juzgada con la antigua ley. Independiente del número de casos que se resuelvan a favor de los gobiernos, expertos dan por hecho que las más de cinco mil demandas de ex empleados de los gobiernos estatal y municipales concluirán en pasivos millonarios contra las finanzas públicas, incluso, aunque existan acuerdos previos a los laudos. Y si las actuales autoridades deciden postergar los pagos de los laudos dictados, la deuda seguirá en aumento. Por eso una bomba de tiempo.

Interponen “megajuicio”

Otro “megajuicio” que enfrenta el Ayuntamiento es uno promovido por 20 inspectores que reclaman su homologación salarial. Este caso es cuantificado en casi 20 millones de pesos.

“El juicio todavía está en substanciación”, explica Salazar Rivas, “ellos siguen trabajando para el municipio, pero reclaman una homologación salarial con otra plaza, pues argumentan que ejercen las mismas actividades. El término de substanciación  significa que en el juicio aún no existe un laudo (sentencia) favorable o condenatorio que determine si el actor o el Ayuntamiento tienen la razón.

Ignoran estatus de 102 casos

Por inconsistencias en la base de datos de juicios y la falta de documentos, la Sindicatura investiga el estado procesal de 102 expedientes. Víctor Salazar Rivas confirma que durante el proceso de entrega recepción identificaron las anomalías. “En las bases de datos que nos entregaron, señalan que algunos juicios se resolvieron por convenio, pero a la hora de revisar el expediente resulta que no lo tenemos. Estamos haciendo una investigación de 102 expedientes para revisar cuál es el estado procesal actual y fidedigno, porque no lo podemos dar de baja de la entrega recepción si no tenemos el documento que acredite que el trabajador recibió su cheque’’.

DEMANDAS INCONTROLABLES


En 2013, los ayuntamientos de Guadalajara, Zapopan, Tlaquepaque, Tonalá y Tlajomulco enfrentaban una cifra histórica de tres mil 415 juicios laborales en el Tribunal de Arbitraje y Escalafón de Jalisco. Sin embargo, la actualización es que tan sólo la alcaldía tapatía enfrenta dos mil 407 demandas de trabajadores que fueron despedidos “injustificadamente”.

Zapopan tuvo dos casos emblemáticos. Desde la administración del panista Juan Sánchez Aldana (2007-2009) se anunció que el Ayuntamiento perdió una demanda laboral interpuesta desde el año 2000 por el despido injustificado de siete ejecutores fiscales. El laudo (resolución del juicio) fue dictado en 30 millones de pesos, pero la administración del priista Héctor Vielma (2010-2012) también se negó a pagar y la deuda aumentó a 49 millones de pesos.

La pasada administración de Héctor Robles aseguró que habían convenido el pago de 21 millones de pesos, según el entonces síndico Armando Morquecho; es decir, cada ex empleado recibiría tres millones de pesos.

El segundo caso emblemático en Zapopan tiene origen en el Consejo Municipal del Deporte. En 2006, el entonces director operativo Gerardo Rodríguez Jiménez demandó al organismo por despido injustificado (ganaba 50 mil pesos mensuales). Mientras se resolvía el caso, laboró en el SIAPA con un sueldo de 62 mil pesos mensuales.

En 2010, el Tribunal dictó a su favor un laudo por 4.2 millones de pesos, recursos que se pagaron en octubre pasado, cuando Rodríguez Jiménez cumplía su primer mes como regidor panista en Zapopan (cobraba 104 mil 505 pesos mensuales brutos).

“Pero el día que me dieron el cheque (quedó en 3.4 millones de pesos) lo doné (al DIF de Zapopan; la dependencia lo confirmó)”, presumió Rodríguez Jiménez cuando fue regidor.

DATO

Vacío

El origen de las demandas laborales está en la forma en que se contrata a los funcionarios públicos, pues la mayoría de involucrados es de confianza o supernumerarios (eventuales).

SABER MÁS

Casos sentenciados

De 2010 a la fecha, en 505 casos ya se cuenta con una sentencia del Tribunal de Arbitraje y Escalafón, de los cuales 138 tienen un requerimiento de pago o laudo.

LEY ESTATAL
    
¿Cómo se clasifican los servidores públicos?

De confianza

• 1.-
Funcionarios públicos, que son los servidores públicos de elección popular, los magistrados y jueces del Estado, los integrantes de los órganos de Gobierno o directivos de los organismos constitucionales autónomos y de las entidades de las administraciones públicas paraestatal y paramunicipales; los titulares de las unidades administrativas de todo órgano, organismo, dependencia o entidad pública estatal o municipal; los nombrados por los anteriores y que estén directamente al mando de los mismos; y aquellos que así sean considerados de forma expresa por disposición legal o reglamentaria municipal.

• 2.- Empleados públicos, que son los servidores públicos que, sin estar encuadrados en la fracción anterior, realicen funciones de dirección, mando, coordinación, supervisión, inspección, vigilancia, fiscalización, auditoría, manejo de fondos o valores, control de adquisiciones, almacenes e inventarios, asesoría, consultoría e investigación científica.

De base

• Por la temporalidad de su nombramiento se clasifican en:

• Con nombramiento definitivo, los que cuentan con la estabilidad en el empleo, cargo o comisión.

• Con nombramiento temporal, denominados genéricamente supernumerarios, los cuales se clasifican en: Interino, cuando se otorgue para ocupar plaza vacante por licencia del servidor público titular que no exceda de seis meses. Provisional, cuando se otorgue para ocupar plaza vacante por licencia del servidor público titular que exceda de seis meses. Por tiempo determinado, cuando se otorgue por un periodo determinado con fecha cierta de terminación. Y por obra determinada, cuando se otorgue para realizar tareas temporales directamente ligadas a una obra o función pública.

Artículo 4

• Señala que se entenderá que existe un nombramiento temporal por tiempo determinado y se considerará como fecha de vencimiento el día que finalice el periodo constitucional del titular de la entidad pública, sin que en ningún caso sea superior a seis años cuando se trate de la administración pública estatal o superior a tres años en los demás casos, si no se señala la temporalidad del nombramiento correspondiente, si existe la relación laboral y por cualquier causa no se expide el nombramiento respectivo, además si se vence el nombramiento respectivo, continúa la relación laboral y por cualquier causa no se renueva dicho nombramiento.

Artículo 16

• Sólo se podrá otorgar nombramiento definitivo o temporal cuando exista disponibilidad presupuestal para ello.

• Sólo se considerará nombramiento definitivo el que expresamente así lo manifieste y siempre que se cumpla con lo señalado en esta ley.

El proceso entre el despido y la demanda laboral

• El servidor público cesado o despedido injustificadamente puede solicitar a su elección, ante el Tribunal de Arbitraje y Escalafón, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago.

• Si en el juicio correspondiente no comprueba la entidad pública la causa de terminación o cese, o se resuelve que el despido fue injustificado, el servidor público tendrá derecho, sin importar la acción intentada, además a que se le paguen los sueldos vencidos, computados desde la fecha del cese hasta por un periodo máximo de doce meses.

• Si al término del plazo señalado en el párrafo anterior no ha concluido el procedimiento o no se ha cumplimentado el laudo, se pagará también al servidor público los intereses que se generen sobre el importe de quince meses de salario, a razón del dos por ciento mensual, capitalizable al momento del pago. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable para el pago de otro tipo de indemnizaciones o prestaciones.

• En caso de muerte del servidor público, dejarán de computarse los salarios vencidos como parte del conflicto, a partir de la fecha del fallecimiento.

• A los abogados, litigantes o representantes que promuevan acciones, excepciones, incidentes, diligencias, ofrecimiento de pruebas, recursos y, en general, toda actuación en forma notoriamente improcedente, con la finalidad de prolongar, dilatar u obstaculizar la sustanciación o resolución de un juicio laboral, el Tribunal de Arbitraje y Escalafón le impondrá una multa de 100 a 1,000 veces el salario mínimo general vigente de la zona económica de Guadalajara.

• Si la dilación es producto de omisiones o conductas irregulares de los funcionarios o servidores públicos, la sanción aplicable será la suspensión hasta por treinta días sin pago de salario y, en caso de reincidencia, la destitución del cargo, en los términos de las disposiciones aplicables. Además, en este último supuesto se dará vista al Ministerio Público para que investigue la posible comisión de delitos contra la administración de justicia.

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