GUADALAJARA, JALISCO (27/MAY/2017).- Aunque las circunstancias en el Estado ameritaron a que se emitiera una alerta de violencia contra las mujeres en ocho municipios, la mayoría metropolitanos, el común entre éstos es que no se realiza un registro de los casos de acoso, molestia u hostigamiento, según respondieron a solicitudes de información.Recabar dicha información es primordial, pues permite a las autoridades municipales detectar cómo, pero también cuándo y dónde se presentan los delitos y así poder elaborar estrategias de prevención, expone María Isabel Gallaga González, directora de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra las Mujeres de la Fiscalía General de Jalisco.“Para toda institución es sumamente importante esa información, las cifras de cada uno de los delitos para verificar cuáles son las zonas donde se está detectando para realizar acciones preventivas y recorridos de vigilancia. Sería conveniente identificar los horarios donde más se comete, tener esa información, estadísticas, números. Eso es importante para cualquier institución”.Sin embargo, en Tonalá no han registrado algún reporte de acoso ni siquiera en el área de Prevención Social, donde se atienden las denuncias de mujeres. Y en la Dirección Técnica de la Policía Municipal, que maneja las estadísticas por faltas administrativas y delitos de alto impacto, no existen datos de ese tipo. Lo que se presume es que las mujeres no denuncian.En Tlaquepaque tampoco tienen cifras sobre reportes de mujeres relacionadas con delitos o faltas de este tipo, pues la Comisaría contestó no haber recibido solicitudes sobre el tema. En el caso de Zapopan, la corporación indicó que tampoco cuentan con registros de mujeres que hayan señalado ser objeto de acoso en el transporte público o en la calle en los últimos meses.Por su parte, Guadalajara sí cuenta con cifras desglosadas de ese tipo de reportes al informar todos los casos ocurridos durante la presente administración, desde el 1 octubre de 2015 hasta el 24 de abril de 2017, entre los que se encuentran cinco quejas por acoso sexual, 41 por atentados al pudor, 24 por abuso sexual y 22 reportes por faltas a la moral pública.Pocas alertas en Botón de PánicoA más de un año de haber lanzado la aplicación del Botón de Pánico, la Fiscalía General recibe actualmente menos de una alerta diaria por este medio.La principal razón de que esta herramienta no sea aprovechada por la ciudadanía en Jalisco, respondió el investigador Fernando Espinoza de los Monteros, es la desconfianza de la población hacia sus autoridades.“No hay credibilidad en las instituciones y mucho menos en el manejo de los municipios. ¿Cómo quieren que funcione el botón de emergencia? ¿Por qué? La gente que se va a inscribir sabe, de antemano, que no va a recibir la respuesta que están ofreciendo”.El Botón de Pánico es una aplicación para reportar emergencias vía teléfono celular. Al descargarse la persona debe completar un registro con sus datos para que, de este modo, se eviten las falsas alarmas y pues se podrá identificar a la persona que la activa.Presentada el 12 de enero de 2016, uno de sus principales fines era reducir los robos a usuarios de transporte público, incluso los casos de violencia y acoso contra las mujeres.“Y bajar los índices de violencia, al saber también los criminales que pueden ser observados por miles de ojos, por miles de ciudadanos, que pueden ser denunciados y que, al cometer cualquier tipo de acción ilegal en el transporte público, pueden ser detenidos y pueden ser castigados”, explicó el fiscal Eduardo Almaguer durante su presentación.No obstante, hasta marzo pasado se habían realizado 20 mil 203 descargas en sistemas Android y sólo 951 en IOS. Pero de éstas sólo completaron el registro 10 mil 80 usuarios en el primer sistema y 635 en el segundo. Y en total sólo se han recibido 129 alertas reales (461 falsas), de las que sólo una fue por asalto en transporte público y ninguna por acoso.“Como la gente no tiene confianza en las instituciones no se inscribe al Botón de Pánico, por eso hay muy poca demanda”, expuso Espinoza de los Monteros.“En un Estado democrático real, como no es el nuestro, ese tipo de mecanismos funciona porque la gente tiene certeza de que va a encontrar una respuesta. Pero en un Estado como el nuestro, que no es democrático —no sólo votar, sino que exista acceso y procuración de justicia para todos— si aprietas el Botón de Pánico porque te están robando ahí te vas a quedar porque no va a llegar la Policía”, reiteró Espinoza de los Monteros.El experto en temas de seguridad admitió que este servicio puede ser útil para atender otro tipo de emergencias, como por servicios de salud al enviar una ambulancia o solicitar a los bomberos. “Pero si llegas a ser víctima de un delito y te roben un auto, una cartera, un celular, ¿pues para qué lo aprietas?”El problema de su falta de funcionamiento es de fondo, por lo que, para que sea mejor aprovechado, deben existir cambios profundos en el Gobierno, “que se maneje adecuadamente, que tengan credibilidad, que no roben, que no haya corrupción, impunidad”.Aunque la idea es buena, prosiguió, la gente no lo demanda porque el Estado no tiene credibilidad política y moral. “En este sexenio ya no funcionó, hay que replantear la situación, necesitamos que para el próximo sexenio tengamos en principio elecciones creíbles, que realmente las autoridades surjan de un proceso democrático que deje a la mayoría de los ciudadanos satisfechos y de ahí que los que van a gobernar hagan un Gobierno con calidad moral y entonces perfeccionar el Botón de Pánico. De otra manera no se puede”.Requisitos para denunciarComo en todos los delitos, son necesarios varios requisitos para ejercitar la acción penal. En este caso se requiere la denuncia y se tienen sólo seis meses para acudir a levantarla. Si existen testigos sirven como datos de prueba, además se sustenta con un dictamen pericial sicológico donde se determina el grado de afectación con el que cuenta la víctima.Principales causas de la activación del sistemaIntento de asalto, riña vecinal, robo a estudiante, daño a vehículo, personas sospechosas, incidente vial, lesionado por arma de fuego, extorsión telefónica, daño a propiedad privada, asalto con arma blanca, detonaciones de arma de fuego, accidente vial, problemas con su pareja, agresión a familiares y problemas familiares, entre otras.Fuente: Fiscalía General del Estado.Alertas reales recibidas GUÍA ¿Qué dice la ley?Código Penal Estado de Jalisco Capítulo IV Hostigamiento y acoso sexual Artículo 176 Bis.-Comete el delito de hostigamiento sexual el que con fines o móviles lascivos asedie u hostigue sexualmente a otra persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica o de poder, derivada de sus relaciones laborales, docentes, religiosas, domésticas, o cualquier otra, que implique subordinación de la víctima, al responsable se le impondrán de dos a cuatro años de prisión.Comete el delito de acoso sexual el que, con fines o móviles lascivos, asedie o acose sexualmente a otra persona de cualquier sexo. Al responsable se le impondrá sanción de uno a cuatro años de prisión (...)Estos delitos sólo serán perseguidos por querella del ofendido o de su legítimo representante, salvo que se trate de un incapaz o menor de edad en cuyo caso se procederá de oficio.Reglamento de Policía y Buen Gobierno de GuadalajaraArtículo 13.- Se consideran faltas a las libertades, al orden y paz públicos, sancionándose de acuerdo con el tabulador correspondiente, las siguientes:Molestar o causar daño a las personas (multa de cinco a 12 días de salario mínimo o arresto de 24 horas).Artículo 14.- Son faltas a la moral pública y a la convivencia social, sancionándose de acuerdo con el tabulador correspondiente, las siguientes:Agredir a otro verbalmente, en lugares públicos o privados, causando molestias a las personas (multa de cinco a 12 días de salario mínimo o arresto de 36 horas).Asediar impertinentemente a cualquier persona (multa de cinco a 12 días de salario mínimo o arresto de 24 horas).Reglamento de Policía y Buen Gobierno de ZapopanArtículo 27. Se considerarán faltas a las libertades, al orden o la paz pública:Molestar verbal o físicamente a las personas o generar daños a sus bienes.Son de competencia localEl Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal el pasado 3 de febrero para que los “atentados al pudor se consideren abuso sexual.La legislación contemplaba una pena de tres meses a tres años de prisión. Hoy, la penalidad se incrementó de seis meses a seis años de prisión y, cuando exista violencia, aumenta de nueve meses a nueve años.“Entonces sí está tipificado este acoso callejero, pero como acoso sexual o ultrajes a la moral”, es decir, cuando hay tocamientos, remarcó Gallaga González.No obstante, cuando el hecho refiera a una persona que molesta con palabras o piropos a una mujer “entonces está tipificado específicamente en el Reglamento de Policía y Buen Gobierno como un acto de molestia de la paz y armonía y la tranquilidad que deben tener los ciudadanos y las ciudadanas al circular por una calle”.Sólo que la falta de respeto sea ofensiva o humillante, entonces el Código Penal la incluye en delitos cometidos contra la dignidad de las personas. “Entonces sí se consideraría como delito, pero si son piropos entonces sí le correspondería a los municipios como un acto de molestia a la paz y a la tranquilidad que debemos tener los ciudadanos cuando circulamos por las calles”.Comparado con otro tipo de delitos, como la violencia familiar, acoso u hostigamiento sexual, son los menos, indicó la directora. Actualmente existe un número reducido de estos asuntos investigados en la Fiscalía.Sigue: #DebateInformador¿Qué opina de las políticas públicas impulsadas por el Gobierno para erradicar la violencia contra las mujeres?Participa en Twitter en el debate del día @informador