Martes, 29 de Abril 2025
Jalisco | La propuesta establece que en lugar de crear un Código Urbano se turne a la Comisión de Desarrollo Urbano para su estudio

Lluvia de señalamientos al Código Urbano; piden que no se apruebe

El Parlamento de Colonias de la ZMG pide que en lugar de crearlo, se dé paso a dictaminar una Ley del Desarrollo Urbano Sustentable

Por: EL INFORMADOR

UADALAJARA, JALISCO.- El Parlamento de Colonias de la Zona Metropolitana de Guadalajara entregó ayer martes al Congreso del Estado una serie de señalamientos y propuestas en relación al Código Urbano, pide que los diputados tomen en cuenta sus planteamientos y que incluso en caso de proceder se suspenda la aprobación del documento.

La propuesta establece que en lugar de crear un Código Urbano se turne a la Comisión de Desarrollo Urbano para su estudio y modificación la Ley de Desarrollo Urbano, a fin de enriquecerla y dar paso a dictaminar una Ley del Desarrollo Urbano Sustentable para el Estado de Jalisco.

“El proyecto de Código Urbano para el Estado de Jalisco tiene grandes deficiencias de forma y fondo, lejos de dar orden a lo ya construido y al futuro desarrollo de la Entidad, da lugar a legalizar lo ilegal”, señaló el presidente del Parlamento de Colonias, Ludger Kellner.

El Legislativo prevé dar luz verde al Código Urbano el próximo lunes, en este momento la Comisión de Desarrollo Urbano realiza un proceso de ajustes y análisis de propuestas con aportaciones de distintos sectores.

Como resultado de la Jornada Ciudadana de Análisis sobre la propuesta de Código Urbano, organizada por el Parlamento de Colonias, se concluye una serie de propuestas y señalamientos entre los que destacan los siguientes:

Se indica que el Código Urbano no precisa su observancia general, ni las acciones de orden público e interés social como lo establece la Ley General de Asentamientos Humanos y la actual Ley de Desarrollo Urbano del Estado; invade el ámbito de competencia del Corett y del Procede, en los artículos 10 al 12 y del 199 al 204.

Además, se limita la participación ciudadana (artículos 26 al 32) y “continúa con el esquema de la simulación”.

Mientras que se deja de aplicar el Reglamento Estatal de Zonificación y queda al arbitrio de los ayuntamientos la determinación de los valores mínimos; señala que el artículo segundo transitorio del Código Urbano abroga la Ley de Desarrollo Urbano del Estado, lo que implica que se abroga el Reglamento Estatal de Zonificación.

Agrega que el documento carece de la referencia completa sobre leyes y reglamentos que concurren en el Patrimonio Edificado; haciendo hincapié en que Jalisco es el único Estado del país que carece de un Plan Estatal de Ordenamiento Territorial vigente.

Incluso se hace el señalamiento de que no se justifica el título de Código Urbano para el documento, ya que no compilará leyes.

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