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Jalisco | El juicio político, inaccesible La revocación de mandato puede incrementar la votación El mecanismo se daría de manera ordinaria en cada elección intermedia Por: EL INFORMADOR 10 de marzo de 2010 - 05:42 hs GUADALAJARA, JALISCO.- Con la implementación de la revocación de mandato, se incrementaría el porcentaje de votación en elecciones y la participación de la gente en los asuntos de la vida política, porque además de elegir a sus gobernantes como se hace en la actualidad, el ciudadano tendría el poder para destituirlo de su cargo, asegura Francisco Jiménez Reynoso, investigador del Departamento de Estudios Jurídicos de la Universidad de Guadalajara (UdeG). Y es que la revocación de mandato, explica, es una alternativa al procedimiento actual de juicio político, cuya solicitud es poco accesible al común de la gente. “El juicio político que tenemos tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como en la propia Constitución de Jalisco, me parece muy engorroso, me parece que tiene metas inalcanzables y que por eso hemos tenido muy pocos resultados en su práctica”. En el caso del gobernador, propone el universitario, el mecanismo de la revocación de mandato se daría de manera ordinaria en cada elección intermedia, incorporando una boleta de sufragio adicional junto a la del presidente municipal, diputados locales y federales. De esta forma, agrega, se incrementaría la votación en las elecciones intermedias, que son los procesos electorales donde regularmente se registra una menor participación al no elegirse gobernador ni Presidente de la República. El procedimiento 1. Para iniciar la revocación de mandato de cualquier gobernante electo por la vía del sufragio, propone el investigador que al menos 1% del padrón electoral presente una queja ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco (IEPCJ), en la que se acredite la vecindad de los inconformes y se expliquen las causas por las cuales se solicita su destitución. 2. En un término de tres días después de la recepción de la queja, el IEPCJ notificaría al gobernante en cuestión, quien tendría un plazo de hasta cinco días para contestar en su defensa por escrito. 3. Más adelante, el Instituto turnaría ambos documentos al Congreso en donde una comisión especialmente creada para dicho propósito determinaría la procedencia de iniciar con el proceso. En caso de que así sea, el órgano electoral convocaría a la población a votar la revocación de mandato del gobernante. 4. Finalmente, si la mitad más uno de la votación total emitida lo decidiera, la revocación del cargo sería de forma inmediata. El Congreso determinaría al gobernante interino por votación de las dos terceras partes de los legisladores. Temas Educación local UdeG Lee También Fortalecen puentes Asciende a 5 mdp los daños por las inundaciones en el CUCosta Beca Rita Cetina: ¡Última semana de pagos! Apellidos que cobran mañana 15 de octubre Reconocen la influencia de la UdeG con la inscripción de su refundación con letras de oro Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones