Economía | Repercusiones penales para negocios y clientes por no reportar operaciones a Hacienda Entra en vigor la ley contra el lavado Repercusiones penales para negocios y clientes por no reportar a Hacienda operaciones que realizan Por: EL INFORMADOR 17 de junio de 2013 - 00:37 hs Las instituciones no financieras tendrán que avisar a Hacienda de operaciones vulnerables en el uso de tarjetas de crédito. ESPECIAL / CIUDAD DE MÉXICO (17/JUN/2013).- La nueva ley contra lavado de dinero entra en vigor, por lo que muchos negocios y clientes tendrán que estar atentos a las operaciones que están realizando, ya que podrían estar dentro de las que tienen que reportar a la Secretaría de Hacienda y de no hacerlo podrían tener repercusiones penales. De acuerdo con el ''Diario Oficial de la Federación'', la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita se publicó el 17 de octubre pasado, estableciendo su aplicación en los siguientes nueve meses, por lo que hoy es la fecha fijada para su entrada en vigor. Esta ley establece entre varias disposiciones que las instituciones no financieras tendrán que dar avisos a Hacienda de distintas operaciones vulnerables en el uso de las tarjetas de crédito o monederos electrónicos que tengan un gasto mayor a 83,000 pesos al mes. La ley indica: “Serán objeto de Aviso ante la Secretaría, en el caso de tarjetas de servicios o de crédito, cuando el gasto mensual acumulado en la cuenta de la tarjeta sea igual o superior al equivalente a 1,285 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal. En el caso de tarjetas prepagadas, cuando se comercialicen por una cantidad igual o superior al equivalente a 645 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal”. Por otro lado, queda prohibido liquidar o pagar actos u operaciones mediante efectivo entre otras operaciones, las de Constitución o transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles por un valor igual o superior al equivalente a 8,025 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal (520,000 pesos aproximadamente), al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación. Lo mismo para la adquisición de vehículos nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres por un valor igual o superior al equivalente a 3,210 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal (208,000 pesos). Mientras que no liquidarán en efectivo relojes, joyería, metales preciosos y piedras preciosas, ya sea por pieza o por lote, y de obras de arte, por un valor igual o superior al equivalente a 3,210 veces el salario mínimo vigente en el DF. Banca, lista Las entidades financieras reguladas como bancos, sofomes y entidades de ahorro y crédito popular mantendrán la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, las cuales, a decir de los banqueros, ya están listas y en algunos casos ya están realizando periódicamente ajustes en los sistemas para que se dé la información en tiempo y forma de las operaciones que le parezcan inusuales o sospechosas. “En la banca ya estamos listos para la entrada en vigor de la ley, para la entrega de la información y de los procesos que exige la ley”, aseguró Javier Arrigunaga, presidente de la Asociación de Bancos de México. LAS CIFRAS A partir de 520,000 pesos queda prohibido liquidar en efectivo cuando se trate de la transmisión de derechos sobre bienes inmuebles. Menos de 208,000 pesos debe costar un vehículo nuevo o usado (terrestre, marítimo o aéreo) para poder liquidarlo en efectivo. Edgar Huérfano ehuerfano@eleconomista.com.mx El Economista Temas SHCP Una selección de El Economista Lee También ¿Quiénes son las joyas del Tri Sub-17 para el Mundial de Qatar 2025? Todas las selecciones que han calificado al Mundial 2026 hasta hoy Argelia clasifica para el Mundial 2026 Barcelona interesado en Gilberto Mora, esto es lo que se sabe Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones