Sábado, 20 de Abril 2024
Economía | Advierten que sería causa de posible cierre de las unidades de negocio

Embargan bienes de Mexicana de Aviación tras demanda de pilotos

Advierten que sería causa de posible cierre de las unidades de negocio

Por: SUN

Esto imposibilita legal y materialmente cumplir con las obligaciones de administración que le impone la ley. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Esto imposibilita legal y materialmente cumplir con las obligaciones de administración que le impone la ley. EL INFORMADOR / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (03/JUN/2016).- La empresa Mexicana de Aviación, declarada en quiebra, fue embargada tras una demanda laboral de la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores (ASPA).

El síndico Alfonso Ascencio Triujeque advirtió que el embargo laboral que ordenó la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en la Ciudad de México afecta los bienes y derechos de la aerolínea, lo que sería causa de un posible cierre de las unidades de negocio que aún producen ingresos: Centro de Adiestramiento Técnico y el Recinto Fiscalizado.

Esto, además, le imposibilita legal y materialmente para cumplir con las obligaciones de administración que le impone la ley.

“Con motivo del embargo laboral habrá una parálisis de la comerciante, además que los recursos en efectivo que pueden ser alcanzados por el sindicato solicitante de esa medida precautoria (ASPA), no tendrán los niveles de rendición de cuentas que obliga la ley concursal”, señaló el síndico al juez federal Horacio Ruiz, quien lleva la quiebra.

El síndico alertó, además, a la autoridad jurisdiccional sobre el deterioro que sobrevendrá por el embargo laboral, al Centro de Adiestramiento Técnico y al Recinto Fiscalizado, el cual comenzará con la pérdida de clientes logrados en dos años y redundará en la falta de pago de los aprovechamientos y otras contraprestaciones, además de que existirá un riesgo latente de que sean revocadas por el SAT y la SCT las autorizaciones con que dichas unidades de negocio operan.

Sobre la suspensión del procedimiento concursal en su etapa de quiebra, el juzgador federal explicó que ésta deviene improcedente, ya que de conformidad con el artículo 1° de la legislación concursal, el juicio de concurso mercantil es de orden público, de ahí que la ejecución y efectos de la declaración de quiebra al descansar en disposiciones legales de esa naturaleza, no deben interrumpirse por ningún motivo.

El juez Ruiz ordenó notificar las preocupaciones del síndico Ascencio al Presidente de la Junta Especial 3 Bis de la Federal de Conciliación, que fue quien dictó el embargo.

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