Jueves, 25 de Abril 2024

10 claves de la propuesta de regulación de la marihuana en México

La “Ley Federal para la Regulación de la Cannabis” reconoce el autoconsumo para uso adulto

Patricia Gallardo Name

El pasado 18 de noviembre, las comisiones de Justicia, Salud y Estudios Legislativas aprobaron por mayoría el dictamen para despenalizar el consumo y comercialización de la marihuana en el país. Ahora, ese proyecto se pasará al Pleno del Senado donde será discutido y, en su caso, aprobado.

La “Ley Federal para la Regulación de la Cannabis” reconoce el autoconsumo para uso adulto y prevé el otorgamiento de permisos para que las asociaciones puedan comercializar y producir marihuana.

Aquí te dejamos algunos puntos que te ayudarán a entender mejor de qué trata esta ley.

AP / ARCHIVO
1

Creación del “Instituto Mexicano para la Regulación y Control de la Cannabis”

El documento plantea un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, el cuál será el encargado de ejercer la rectoría sobre la cadena productiva de la cannabis y sus derivados, y su consumo.

El reglamento establecerá los requisitos que los particulares deberán cubrir para participar en alguna de las actividades de la cadena productiva.

2

Regulación de uso medicinal

El consumo para usos médicos se regirá por la Ley Federal de Salud. Las personas consumidoras deberán adquirir el cannabis psicoactivo en los lugares autorizados y deberán sujetarse a las reglas y condiciones para su consumo que esta Ley, su reglamento y la demás normatividad establezcan.

3

Posesión de hasta 200 gramos

En caso de que se detenga a una persona con cannabis psicoactivo (medicinal) solo se castigará con cárcel a quien cargue más de 200 gramos. En caso de que tengan entre 28 y 200 gramos, y no tenga un permiso, se podrá sancionar con una multa.

4

Hasta seis plantas en vivienda

Las personas podrán tener en su casa hasta seis plantas de marihuana, pero estas deberán permanecer, en todo momento, dentro del domicilio de la persona.

5

Venta de marihuana

Según el artículo 22, se permite la venta de cannabis psicoactiva, sus productos y derivados para fines lúdicos o recreativos, a personas mayores de edad. El límite de venta por día será de 28 gramos por persona y deberán adquirirse en los establecimientos autorizados.

6

Establecimientos autorizados para venta

El Instituto Mexicano para la Regulación y Control de la Cannabis será la autoridad encargada de dar las licencias a los establecimientos que se dediquen a la venta de Cannabis en el país. No podrán comercializar “productos de la cannabis psicoactivo o sus derivados”, mezclados con otras sustancias tales como alcohol, nicotina, tabaco o cafeína.

7

Licencias de cultivo para campesinos o ejidos

Busca establecer que, “al menos el veinte por ciento de las licencias de cultivo” deberán darse de manera preferencial a campesinos o ejidos en los municipios donde los gobiernos “hayan realizado tareas de erradicación de plantíos”.

8

Solo para mayores de edad

La regulación busca que tengan acceso a la marihuana únicamente las personas mayores a 18 años, por eso se incluye que “quienes se lo provean, faciliten o realicen alguna actividad inherente a permitir el acceso de la cannabis”, incurrirán en un delito y serán sancionados.

9

No se podrá fumar en “puntos de concurrencia masiva”

No se podrá fumar en lugares donde menores de edad puedan tener acceso “incluyendo pero no limitado a centros comerciales, parques de diversión, estadios e instalaciones deportivas, aunque sean abiertos”

10

Sanciones

Algunas de las sanciones previstas en la Ley Federal Para la Regulación de la Cannabis, para quienes incumplan con las regulaciones son:

Amonestación con apercibimiento, multas, decomiso de productos, suspensión temporal de la licencia o permiso, que podrá ser parcial o total; Revocación de la licencia o permiso y arrestos.

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