Jueves, 18 de Abril 2024

Refuerzan norma para vigilar y castigar violencia política contra mujeres

Se dieron atribuciones a la Comisión de Igualdad de Género para proponer los lineamientos que los partidos deben seguir y se facultó a la Comisión de Quejas para que se encargue del procedimiento de sanción

Por: El Informador

La legislación electoral define la violencia política contra las mujeres como cualquier acción u omisión basadas en elementos de género que tengan por objeto limitar, anular o menoscabar el ejercicio de los derechos políticos y electorales de una mujer. ESPECIAL

La legislación electoral define la violencia política contra las mujeres como cualquier acción u omisión basadas en elementos de género que tengan por objeto limitar, anular o menoscabar el ejercicio de los derechos políticos y electorales de una mujer. ESPECIAL

El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) aprobó cambios a su reglamento para incluir el proceso de análisis de quejas por violencia política contra mujeres.

Se dieron atribuciones a la Comisión de Igualdad de Género para proponer los lineamientos que los partidos deben seguir y se facultó a la Comisión de Quejas para que se encargue del procedimiento de sanción.

La legislación electoral define la violencia política contra las mujeres como cualquier acción u omisión basadas en elementos de género que tengan por objeto limitar, anular o menoscabar el ejercicio de los derechos políticos y electorales de una mujer.

Las multas llegan hasta los 8.6 millones de pesos. A los partidos se les puede cancelar el financiamiento o registro. 

JL

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