Martes, 21 de Mayo 2024

¿Pueden despedir a un empleado por llegar tarde al trabajo?

Ser puntual es una expresión de responsabilidad personal. ¿Qué tanto afectan los retrasos en el trabajo? ¿Llegar tarde podría ser causa de un despido?

Por: Óscar Ernesto Álvarez Gutiérrez

En México, existen causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón. EL INFORMADOR / ARCHIVO

En México, existen causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Llegar tarde al trabajo es un mal hábito de las personas. Y aunque las complicaciones de una metrópoli ofrezcan motivos que tienen un impacto negativo en el tiempo de traslado al centro laboral, también es cierto que ser puntual es una expresión de responsabilidad personal. ¿Qué tanto afectan los retrasos en el trabajo? ¿Llegar tarde podría ser causa de un despido?

Como tal, en México, la Ley Federal del Trabajo no establece que los retrasos sean causal de despido sin liquidación para el trabajador, pero sí podrían afectar de manera directa para que esto suceda.

De acuerdo al centro privado de asesoría legal Conciliación y Arbitraje México, "si llegas tarde a trabajar no es motivo de despido ni de que te descuenten de tu salario. Lo único que pueden hacer cuando llegas tarde es 'regresarte' o no permitirte trabajarlo y así sí te lo descuentan"; lo que podría sí podría estimular una legal causa de despido, como son las tres faltas injustificadas en un mes.

La organización agrega: "Tratándose de trabajadores a salario fijo, el patrón no puede efectuar descuento alguno de sus salarios más que aquellos expresamente permitidos por la ley, o los que en vía de sanción o conceptos diversos se consignaren en el reglamento interior de trabajo respectivo; por lo que si el patrón realiza descuentos a sus trabajadores por concepto de retrasos por no cumplir en sus términos el horario de trabajo establecido, existe violación del contrato de trabajo".

"Esto no significa que el patrón estuviere obligado a soportar retardos por parte de sus trabajadores, en la entrada a sus labores, ya que la falta de observancia de los horarios establecidos, implica necesariamente una violación por parte del trabajador a su contrato de trabajo y por ende el patrón queda en aptitud legal de rescindir el contrato de trabajo, tanto más si esos retardos implicaren indisciplina o bien causaren perjuicio a la empresa; o, en última instancia, no permitir la entrada al trabajador a sus labores, en aquellas ocasiones en que llegara retrasado a ellas, pues de permitirlo, bien podrían entenderse como un consentimiento o conformidad con los retardos".

¿Cuáles son las causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón?

  • Engañar al patrón con certificados falsos o referencias
  • Faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, o en contra de clientes; también aplica hacia otros compañeros
  • Causar daños materiales a infraestructura, maquinaria o materias primas relacionadas con el trabajo
  • Comprometer la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él, por imprudencia o descuido
  • Cometer actos inmorales o de hostigamiento y/o acoso sexual 
  • Revelar los secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa
  • Tener más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada
  • Desobedecer al patrón o a sus representantes, sin causa justificada
  • Concurrir a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante

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