Lunes, 17 de Junio 2024

¿Te vas a casar? Puedes tramitar la Ayuda para Gastos de Matrimonio del IMSS

Se trata de una prestación procedente de la cuota social que aporta el Gobierno Federal a la Cuenta Individual, que se puede retirar a través de la Afore cuando se contrae matrimonio civil

Por: Oralia F. López

La Ayuda para Gastos de Matrimonio sólo se puede realizar una vez. EL INFORMADOR / ARCHIVO

La Ayuda para Gastos de Matrimonio sólo se puede realizar una vez. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Si eres asegurado del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y te vas a casar al civil, puedes solicitar la ayuda para gastos de matrimonio. Aquí te decimos cómo tramitar la solicitud.

Esta ayuda es una prestación procedente de la cuota social que aporta el Gobierno Federal a la Cuenta Individual, que puede retirar un Trabajador asegurado a través de la Afore cuando contrae matrimonio civil. 

El cálculo se determina considerando el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a la fecha de celebración del matrimonio civil por 30 días.

Para tramitarlo, se necesita tener acreditado un mínimo de 150 semanas cotizadas ante el IMSS, cesantía en edad avanzada y vejez, a la fecha de la celebración del matrimonio. Sólo se puede realizar una vez, y ninguno de los cónyuges hayan contraído matrimonio antes. También cabe aclarar que se debe estar vigente como asegurado o estar dentro de lo 90 días hábiles contados a partir de una baja.

Con el pago de esta prestación no se descuentan semanas de cotización.

Una vez que se tramite esta ayuda, el Afore será quien gestione el trámite ante el IMSS para obtener el certificado del derecho al Retiro Parcial por Ayuda para Gastos de Matrimonio.

Luego, una vez que sea certificado el derecho, se hará la entrega de los recursos vía depósito u orden de pago en un plazo de máximo 5 días hábiles.

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