Lunes, 13 de Mayo 2024

¿Qué trámites realizar ante la muerte de un familiar?

Te decimos los pasos a seguir y trámites que se deben de realizar ante la defunción de un ser querido

Por: Ernesto Gómez

Te decimos los trámites a seguir tras la muerte de algún familiar. EL INFORMADOR/ ARCHIVO

Te decimos los trámites a seguir tras la muerte de algún familiar. EL INFORMADOR/ ARCHIVO

Los deudos de una persona recién fallecida deben conocer los pasos a seguir y trámites que se deben de realizar ante la defunción de un ser querido y aquí te damos a conocer los más importantes.

Recientemente la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) emitió una guía, cuya finalidad es evitar que este proceso sea más complicado aún, estos son los puntos claves:

¿Qué documentos tramitar? 

Tener en resguardo y en puntos estratégicos los documentos familiares, para en situaciones de urgencia, como en este caso un fallecimiento, apoyarán a facilitar ciertos trámites.

1.    Certificado médico de defunción 
Al momento del fallecimiento, se deberá de tramitar el certificado médico de defunción; si la persona murió en alguna institución médica, hospital, o en el domicilio, el personal médico que asistió debe emitirlo.

En caso de ser una muerte distinta a la natural, se debe notificar a las autoridades locales para que posteriormente tome el mando y conducción un agente del Ministerio Público y peritos forenses investigarán la causa y emitirán el certificado correspondiente.

2.    Orden inhumación o incineración y acta de defunción 

El siguiente documento a solicitar es la orden de inhumación o incineración y el acta de defunción, la cual emitirá un juez del registro civil.
Luis Fernando Morales Villarreal, director del registro civil de Guadalajara, habla sobre las actas de defunción.

“Para levantar una acta de defunción la ley marca un término y son 48 horas, una vez que la persona fallece, digamos que tenemos 48 horas para levantar el acta defunción, el termino puede ampliarse a 72 horas, si el finado es un donador de órganos, en ocasiones el término puede ser más amplío siempre y cuando sea una muerte violenta y se esté investigando por la Fiscalía o Ciencias Forenses, ellos dan la pauta, si se pasa el término deben de acudir a un juez de lo familiar a que autorice”, dijo.

Requisitos para sacar el acta de defunción en registro civil:
Certificado médico de defunción, acta de nacimiento, identificación, acta de matrimonio si fuera casado y preferentemente que acuda un familiar, acompañado de dos testigos, para declaración final.
La duración para sacar el acta de defunción tiene un promedio de 15 minutos.

El costo de una inhumación en el municipio de Guadalajara es de 432.00, si deciden cremarlo el costo es de 3,054.00, ya en cementerios particulares cambia el costo de la cremación, el municipio cobrará solamente por derechos municipales de 611.00, más lo del crematorio.
Después, se deben contratar los servicios de una agencia funeraria. Al respecto, la Profeco recuerda que estos establecimientos deben de tener registrado su Contrato de Adhesión ante esta dependencia.

3.    Servicios en la agencia funeraria 

Puedes solicitar asesoría en la funeraria de acuerdo a las circunstancias y los deseos de la familia del finado, respecto a la inhumación o cremación del cuerpo.

Recuerda que las agencias funerarias deben de contar un contrato de adhesión registrado en la Profeco con el fin de que no contenga cláusulas abusivas o perjudiciales.

4.    Apoyo para gastos funerarios
Es importante tomar en cuenta que los derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) tienen derecho a una ayuda de gastos funerarios, incluso hay algunos seguros de vida de diferentes compañías que también lo tienen.

En el caso del IMSS esta prestación se determina considerando dos veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que corresponda a la fecha del deceso y se otorga por gastos funerarios de un asegurado o pensionado, preferentemente tiene que ser familiar el beneficiario.

5.    Solicitar ahorros de la Afore 

También es necesario verificar el ahorro de la persona fallecida en la Afore respectiva, cuyo plazo para solicitar el saldo de la cuenta es de 10 años.

Los beneficiaros tienen que cumplir con los requisitos que establecen las leyes de Seguridad Social podrán disponer de los recursos ahorrados en la cuenta. Si no se ejerce el derecho, el dinero y los rendimientos pasarán al IMSS o al ISSSTE.

Legalmente los beneficiarios son:
Viudo o viuda.
Hijos menores de 16 años o mayores si continúan estudiando.
Los padres, si vivían en el lugar del trabajador.
La concubina o el concubino si dependió económicamente del trabajador.

6.    Pensiones por fallecimiento 
Si la persona cotizaba en el IMSS o en el ISSSTE, es importante verificar a cuáles pensiones por fallecimiento del trabajador se tiene derecho, tales como pensión por viudez, por orfandad y de antecedentes.

•    Pensión por viudez: Se puede solicitar si es esposa o esposo, concubina o concubinario, si es la pareja con la que el trabajador vivió los 5 años anteriores al fallecimiento o si es la persona con la que tuvo hijos (unión libre).

•    Pensión por orfandad: Protege a los hijos menores de 16 años; jóvenes entre 16 o 25 años que estén estudiando o mayores de 16 años que no sean autosuficientes. Pueden solicitarla los hijos o hijas mayores de edad, la viuda o viudo, o quien tenga la tutela de los menores.

•    Pensión de ascendentes: Esta se otorga al padre o madre del asegurado o pensionado en caso de que no tenga esposa o hijos.

7.    Testamento
Otro paso a seguir es verificar si el familiar fallecido cuenta con testamento; para ello, se puede consultarlo en el Registro Nacional de Avisos de Testamento.

8.    Cancelación de tarjetas bancarias y de créditos
En cuanto a las tarjetas de crédito y créditos hipotecarios, es necesario cancelarlas; en ocasiones los créditos hipotecarios tienen beneficiario al que se le asignará el crédito y se tiene que investigar.
Los créditos automotrices cuentan, normalmente, con un seguro de vida del titular, ya incluido en la mensualidad, por lo que se deben hacer los trámites para saldar el crédito, mientras se deberá seguir con el pago de las mensualidades.

9.    Seguro de vida
Si su familiar contaba con un seguro de vida, el agente de seguros que los asesoró deberá de  entregar la suma asegurada contratada, de acuerdo con las características del contrato.

Referente a los seguros educativos, tendrá que llamar al número telefónico que aparece en la póliza para pedir informes sobre los trámites a seguir.

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