Sábado, 20 de Abril 2024

Perfilan aprobación de nueva ley de obra pública de Jalisco

La legislación incluye la figura del "testigo social" que daría seguimiento a las diferentes asignaciones o concursos de obras

Por: Rodrigo Rivas Uribe

Con los cambios a la ley estatal obra pública los poderes Legislativo y Judicial podrán contratar directamente obras hasta por 26.2 MDP. EL INFORMADOR / R. Rivas

Con los cambios a la ley estatal obra pública los poderes Legislativo y Judicial podrán contratar directamente obras hasta por 26.2 MDP. EL INFORMADOR / R. Rivas

Con aspectos como crear un banco de proyectos y dar preferencia a constructoras locales, fue avalado en la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso el proyecto de una nueva ley estatal de obra pública. En la disposición se introduce la figura del "testigo social" que daría seguimiento a las diferentes asignaciones o concursos de obras. Se plantea que en algunos casos pueda recibir apoyo económico, lo cual quedará establecido en el reglamento y en las bases de la convocatoria.

"Incluir al testigo social dentro del proceso de obra pública debe hacer más responsables los procesos, el ciudadano ya estará dentro y tiene que ser más claro el proceso", apuntó el diputado Ramón Demetrio Guerrero, uno de los autores de la reforma. 

Para sancionar el pago de cuotas o "moches" a cambio de recibir una obra, se encuadra en el Código Penal como delito de cohecho con sanción de dos a doce años de prisión para el funcionario público. A los constructores que participen se les inhabilitaría para participar en futuros concursos o asignaciones.

Además, se incrementa el monto de las obras que se pueden asignar vía concurso por invitación, toparía en 7.5 millones de pesos (actualmente es de 5.2 MDP), en obras con un costo superior se convocará a licitación pública. En el caso de adjudicación directa se mantiene en proyectos hasta por 1.5 millones.

Otra novedad es que cuando la obra exceda inversión de 100 millones de pesos tendrá que contar con un análisis del ciclo de vida útil de la intervención.

Los comités de adjudicación de obra pública se modifican en su integración, sumarán al presidente de la cámara de la industria de la construcción y los presidentes de los colegios de ingenieros y arquitectos, que sean mayoritarios y con registro ante la Dirección de Profesiones del Estado. Además de los titulares de la Secretaría de Obra Pública, el de Finanzas y de la Contraloría estatal

Se establece que las empresas que estén en el padrón deberán tener antigüedad mínima de tres años y se dará preferencia a constructoras locales

La entrega del anticipo de obra a los constructores será obligatoria, tres días antes del inicio de la obra. Se mantienen las sanciones por el retraso en la ejecución de la obra hasta por el 10% de su precio.

Congreso y Judicial podrán adjudicar obra hasta por 26 MDP

Con los cambios a la ley estatal obra pública los poderes Legislativo y Judicial podrán contratar directamente obras hasta por 26.2 millones de pesos. Esta modificación ampliar el margen de maniobra para que entes como el Congreso, el Poder Judicial y los organismos constitucionales autónomos, como Instituto de Transparencia, la Comisión Estatal Derechos Humanos o el Instituto Electoral, pueden realizar obras públicas mediante adjudicación directa. También se da esta posibilidad a Organismos Públicos Descentralizados (OPDs) que no están considerados en la legislación vigente. 

LS

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