Viernes, 19 de Abril 2024

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Elecciones Jalisco 2021: ¿Qué hace un presidente municipal?

Los 125 presidentes municipales de Jalisco se renovarán en las votaciones del 6 de junio de 2021

Por: Redacción Digital .

El próximo 6 de junio serán las votaciones para elegir presidentes municipales y otros cargos. EFE/ARCHIVO

El próximo 6 de junio serán las votaciones para elegir presidentes municipales y otros cargos. EFE/ARCHIVO

Los 125 municipios de Jalisco renovarán sus respectivos Ayuntamientos en las elecciones 2021, incluyendo los presidentes municipales o alcaldes. Pero, ¿qué funciones u obligaciones tienen?

¿Cómo se integran los Ayuntamientos en Jalisco?

Los Ayuntamientos de cada municipio se integran por un presidente municipal, un síndico y el número de regidurías de mayoría relativa y de representación proporcional que se determinan en la ley estatal en materia electoral, quienes serán electos popular y directamente mediante planillas; y permanecen en sus cargos tres años y se renuevan en su totalidad al final de cada período.

Las personas en estos cargos pueden ser electos de nuevo para el período inmediato por única vez.

¿Qué hace un presidente municipal?

La Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco especifica las obligaciones de los cargos en los Ayuntamientos.

El artículo 47 dice que a los presidentes municipales les corresponde la función ejecutiva del municipio:

  • Ejecutar las determinaciones del Ayuntamiento que se apeguen a la ley
  • Planear y dirigir el funcionamiento de los servicios públicos municipales
  • Convocar al Ayuntamiento a sesiones ordinarias, extraordinarias, solemnes y a distancia, de acuerdo con lo que establece esta ley, así como aquellas que por su naturaleza deban de celebrarse con carácter de reservadas
  • Cuidar del orden y de la seguridad de todo el municipio, disponiendo para ello, de los cuerpos de seguridad pública y demás autoridades a él subordinadas
  • Ordenar la publicación de bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general que expida el Ayuntamiento, cumplirlos y hacerlos cumplir;
  • Cuidar el buen estado y mejoramiento de los bienes pertenecientes al Municipio
  • Vigilar que las dependencias y entidades encargadas de los distintos servicios municipales cumplan eficazmente con su cometido
  • Rendir informe al Ayuntamiento del ejercicio de la administración dentro de los primeros 15 días del mes de septiembre de cada año, en la fecha que se fije con la oportunidad necesaria, la que se hará saber a las autoridades estatales y a los ciudadanos en general
  • Comunicar al Ayuntamiento cuando pretenda ausentarse del municipio por más de setenta y dos horas, y hasta por 15 días consecutivos
  • Cuando la ausencia exceda de este término, debe solicitar la autorización correspondiente al Ayuntamiento
  • Pasar diariamente al funcionario encargado de la Hacienda Municipal, en forma directa o a través del servidor público que prevean los reglamentos, noticia detallada de las multas que impusiere y vigilar que en ningún caso, omita esa dependencia expedir recibo de los pagos que se efectúen
  • Vigilar que el destino y monto de los caudales municipales se ajusten a los presupuestos de egresos y de la correcta recaudación, custodia y administración de los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones y demás ingresos propios del Municipio, así como ejercer la facultad económico coactiva para hacer efectivos los créditos fiscales, por conducto de las dependencias municipales correspondientes
  • Percibir la remuneración establecida en el presupuesto de egresos correspondiente y que se apegue a lo dispuesto por el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables, quedando estrictamente prohibido percibir por sus ingresos extraordinarios o por el fin del encargo, adicionales a la remuneración
  • Ejecutar y hacer que se ejecuten los ordenamientos municipales y las demás que establezcan las normas constitucionales, legales y reglamentarias.
  • Debe estar atento a las labores que realizan los demás servidores públicos de la administración pública municipal, debiendo dar cuenta al Ayuntamiento cuando la gravedad del caso lo amerite, de las faltas u omisiones que advierta. Con respeto a la garantía de audiencia, debe imponer a los servidores públicos municipales, las correcciones disciplinarias que fijen las leyes y reglamentos, con motivo de las faltas y responsabilidades administrativas en que incurran en el desempeño de sus funciones.    

¿Quiénes son los candidatos para las elecciones Jalisco 2021?

Los candidatos a presidencias municipales se registran ante la autoridad electoral junto a su planilla con síndicos y regidores (propietarios y suplentes).

IM

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