En México, la seguridad económica durante la etapa de retiro es una de las principales preocupaciones para los trabajadores y sus familias, lo que genera dudas frecuentes sobre la compatibilidad de los distintos apoyos económicos disponibles. Una de las interrogantes más comunes entre la población de adultos mayores es si resulta posible recibir la Pensión Bienestar y, de manera simultánea, cobrar los recursos provenientes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). La respuesta de las autoridades federales es afirmativa, ya que ambas pensiones tienen naturalezas y propósitos distintos que no se excluyen entre sí, permitiendo a los beneficiarios cobrar sin temor a perder ninguno de sus ingresos.Para comprender por qué es viable mantener ambos ingresos, es indispensable analizar el origen y la estructura de cada uno de estos esquemas de protección social. Por un lado, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) otorga una prestación económica que constituye un derecho laboral adquirido; es decir, está estrictamente vinculada a las aportaciones que el trabajador y su empleador realizaron a lo largo de su vida productiva formal. Este esquema contributivo requiere cumplir con un número específico de semanas cotizadas y alcanzar una edad determinada, dependiendo de si el trabajador se encuentra bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973 o la de 1997.En contraste, la Pensión Bienestar es un programa social de carácter universal y no contributivo, impulsado por el Gobierno Federal para proteger a la población vulnerable. Esto significa que su otorgamiento no depende del historial laboral de la persona, ni de las cuotas pagadas a ninguna institución de seguridad social durante su juventud o adultez. Al estar elevada a rango constitucional, esta pensión se entrega como un derecho humano fundamental a todos los ciudadanos mexicanos que cumplan con el requisito de edad, garantizando un piso mínimo de ingresos sin importar su condición económica, social o su trayectoria en el mercado laboral formal.De esta manera, el cobro de una pensión contributiva no es un impedimento para registrarse en los programas del bienestar. Los adultos mayores pueden sumar el monto bimestral que otorga el gobierno federal a la mensualidad que perciben por su jubilación, logrando un alivio económico que les permite cubrir de mejor manera sus necesidades.Esta nota fue redactada con ayuda de inteligencia artificial y revisada por un editor* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * *MB