Lunes, 27 de Mayo 2024
México | Casi la mitad de los congresos locales han expedido una ley en la materia

La PGR ha ganado sólo una extinción de dominio: CESOP

Los delitos que han dado lugar a un proceso extintivo son robo de vehículos, trata de personas, secuestro y delincuencia organizada

Por: NTX

La PGR ha iniciado 10 procedimientos, de los que sólo ha ganado uno, señala dependencia de la Cámara de Diputados. ARCHIVO  /

La PGR ha iniciado 10 procedimientos, de los que sólo ha ganado uno, señala dependencia de la Cámara de Diputados. ARCHIVO /

CIUDAD DE MÉXICO (20/JUN/2012).- Desde la promulgación de la Ley Federal de Extinción de Dominio en 2009, la Procuraduría General de la República ha iniciado 10 procedimientos, de los que sólo ha ganado uno, señaló el Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública de la Cámara de Diputados (CESOP).

En el documento ''Extinción de dominio: escenarios internacionales, contexto en México y propuestas legislativas'', precisó que los causales para un juicio a favor del Estado por este motivo, son actividades de delincuencia organizada, como narcotráfico, secuestro, robo de vehículos y trata de personas.

Según la ley de la materia, la extinción de dominio es la pérdida de los derechos en favor del Estado sobre aquellos bienes que sean instrumento, objeto o producto de actos ilícitos.

Informó que casi la mitad de los congresos locales han expedido una ley en la materia, aun cuando se estima que las actividades ligadas al narcotráfico aportan entre 45 y 48 por ciento de los ingresos de la delincuencia organizada nacional.

Según el ''Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009'', pese a que la ley entró en vigor en agosto de ese año, la revisión de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) concluyó que el SAE no recibió entre agosto y diciembre de ese año alguna transferencia de bienes inmuebles.

Al respecto, el SAE manifestó que tampoco ese año recibió notificación de la Procuraduría General de la república (PGR) ni del Poder Judicial Federal en el que se informara que algún bien en administración fuera sujeto al proceso de extinción de dominio.

Según la ASF, el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) manifestó no haber recibido transferencia de bienes por la aplicación del referido ordenamiento legal.

Agregó que dicho organismo sólo informó que el Sistema Integral de Administración de Bienes creó un proceso de administración interna para los bienes que se lleguen a transferir por extinción de dominio, para que no se disponga de ellos hasta que el juez de Extinción de Dominio resuelva lo conducente.

El CESOP refirió que según la Fiscalía Especializada en Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, entre marzo de 2009 y febrero de 2012, dicha instancia sumó 113 casos presentados ante el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF).

Las delegaciones en las que se han presentado más casos son Iztapalapa, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero y Azcapotzalco.

Hizo notar que los delitos que han dado lugar a un proceso extintivo son robo de vehículos, trata de personas, secuestro y delincuencia organizada.

Recordó que en febrero de 2012 existían 41 sentencias de primera instancia emitidas por el Poder Judicial local sobre el tema, de las cuales 38 son a favor del gobierno capitalino; 25 apelaciones, 20 a favor y tres pendientes de resolución, así como 26 amparos.

En el documento, resaltó que entre 2010 y 2011, en México se efectuaron sólo tres juicios de extinción de dominio de bienes a favor del Estado, mientras que en un año en Colombia y Guatemala se efectuaron más de dos mil 700 procesos.

Entre 2003 y 2009, en Colombia se decomisaron casi 11 mil millones de dólares de activos criminales; en México los datos son poco representativos.

Abundó que la experiencia de otras naciones llevó a identificar como requisitos judiciales para una lucha efectiva contra las finanzas del crimen organizado un Ministerio Público autónomo, una ley eficaz de extinción de dominio, normas para delincuentes arrepentidos y un catálogo de nuevos delitos contra los que procede esa figura.

El número de delitos en otros países que son causales para iniciar un proceso de extinción es amplio: en Guatemala son 40 y 25 en Colombia, mientras en México se reducen a cinco.

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