Sábado, 18 de Mayo 2024
Jalisco | El material debía ser resguardado por la Comisión Estatal del Agua (CEA)

Las piedras originales del Puente de Arcediano están en Guanajuato

Autoridades afirman que las piedras están bajo resguardo de una de las empresas que participaron en la reconstrucción del puente

Por: EL INFORMADOR

En la reconstrucción del Puente de Arceniano se debieron utilizar las piedras originales, sin embargo, estas no fueron usadas. ARCHIVO /

En la reconstrucción del Puente de Arceniano se debieron utilizar las piedras originales, sin embargo, estas no fueron usadas. ARCHIVO /

GUADALAJARA, JALISCO (08/FEB/2013).- Los históricos materiales del Puente de Arcediano no están en la estructura ni en territorio estatal. Las piedras, que debió resguardar la Comisión Estatal del Agua (CEA), se encuentran en León, Guanajuato, en alguna sede de las empresas que participaron en las obras de remoción y reconstrucción del paso. Sin embargo, ninguna de las firmas contratadas especifica, en sus sitios web, tener representación en el vecino Estado.

Las desarrolladoras que trabajaron en el proyecto son D’Concrefocc, de Colima; Breysa Constructora, de Jalisco; Dimpa Ingeniería y Construcciones, de Nayarit, e Innovar Constructora, de Jalisco.

El perito de la delegación Jalisco del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), Ignacio Gómez Arriola, comentó que por información proporcionada a la dependencia “se supone” que la ubicación de las piedras inventariadas es en “un patio de una de las constructoras”, que tendría representación en León.

Al respecto, la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos establece en su Artículo 50 sanciones a quien “ilegalmente tenga en su poder un monumento arqueológico o un monumento histórico mueble y que éste se haya encontrado en o que proceda de un inmueble a los que se refiere la fracción I del Artículo 36, se le impondrá prisión de uno a seis años y multa de cien a cincuenta mil pesos”.

La fracción I del Artículo 36 señala que son monumentos históricos: “Los inmuebles construidos en los siglos XVI al XIX”. El problema es que el puente tiene dos momentos: 1894, cuando fue edificado, y la segunda mitad del siglo XX, cuando fue reconstruido debido a un colapso.

Gómez Arriola comentó que es necesario revisar “meticulosamente” la Ley por la “singularidad” del caso, “lo que sí está es el acuerdo y éste tiene que cumplirse”.

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