Domingo, 12 de Octubre 2025
Jalisco | Se pidió hacer inspecciones en los campos agrícolas de Sayula

Hace 15 años no se emite recomendación en favor de niños trabajadores

En aquel entonces se pidió hacer inspecciones en los campos agrícolas del municipio de Sayula

Por: EL INFORMADOR

El Artículo 123 de la Constitución estipula que queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de 14 años. ARCHIVO /

El Artículo 123 de la Constitución estipula que queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de 14 años. ARCHIVO /

GUADALAJARA, JALISCO (25/ENE/2013).- Que la reforma constitucional en materia de derechos humanos aprobada en el verano de 2011 ponga en rango constitucional los acuerdos y tratados firmados por México con la ONU sirve de poco, pues para la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDHJ) el procedimiento para la defensa de menores trabajadores es igual que en cualquier otro de los casos: lo primero que se tiene que hacer es presentar una queja para después iniciar una investigación, dijo el Primer Visitador de la institución, César Orozco Sánchez.

De acuerdo con el funcionario, la última recomendación emitida en favor de niños que trabajan fue la 15/98, realizada en 1998, es decir, hace 15 años. En aquel entonces se le pedía "tanto al Gobierno del Estado como al Ayuntamiento, que hicieran inspecciones en los campos agrícolas del municipio de Sayula, para tratar de inhibir que esos campos tengan menores de edad".

Cuestionado sobre el actuar de la CEDHJ en los casos que, como hace 15 años, se repiten constantemente también en la ciudad, el visitador lamentó la situación pero se dijo impedido, pues tendría que ser "un conocido del niño o el mismo niño quien tendría que presentar la queja para poder actuar e iniciar la investigación".

Orozco Sánchez aceptó que los niños que laboran antes de los 14 años, como lo contempla la ley, es "cada vez más constante verlos, no ha cesado este tipo de trabajo; y no sólo eso sino que hay ocasiones en que no reciben ningún tipo de remuneración".

El pasado 16 de diciembre de 2012, tras de la polémica que causó "la niña güerita" que vendía chicles en un semáforo, el quinto visitador general de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ), Iván Vallejo, informó que, luego de que la madre emitiera una queja, dicha institución comenzó una investigación sobre el caso a partir del 23 de octubre pasado. "Se dejó en clasificación pendiente, posteriormente se dictó admisión de la misma para que se entregaran informes de ley a las autoridades involucradas, que son la Casa Hogar Cabañas y la Procuraduría del Estado", informó.

Hasta el momento no se han proporcionado avances de la investigación.

PARA SABER


El principio nueve de la Declaración de los derechos del niño firmada en 1959, enuncia que el niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación.

Mientras que el Artículo 123 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos estipula que queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de 14 años. Los mayores de edad y menores de 16 tendrán una jornada máxima la de seis horas.

*El primer visitador de la CEDHJ lamenta que, por proceso, no puedan actuar de oficio."Necesitamos que los niños o sus conocidos presenten la queja".

EL INFORMADOR / OMAR GARCÍA

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