Viernes, 26 de Julio 2024
Jalisco | En julio de 2010, las personas físicas con actividades empresariales ya no gozarán de la exención relativa a los depósitos en efectivo

Confían empresarios en avances de la reforma hacendaria

El gobierno federal y el Congreso de la Unión realizan consultas para inducir a corto plazo la reforma que favorezca el crecimiento económico sostenido

Por: NTX

GUADALAJARA, JALISCO.- El vicepresidente de la Federación de Colegios de Profesionistas de Jalisco (FCPJ), Juan Carlos Sáinz del Toro, aseguró que la comunidad empresarial confía en los avances de la propuesta Reforma Hacendaria en consulta.  

El también director del despacho fiscal y financiero Sáinz del Toro Consultores comentó que el gobierno federal y el Congreso de la Unión realizan consultas para inducir a corto plazo una Reforma Hacendaria que favorezca el crecimiento económico sostenido.  

'Sobre todo, agregó, que mantenga un esquema unificado de pago con el Impuesto Empresarial a Tasa Unica ( IETU) y un gravamen generalizado al consumo con una tasa única del 12 por ciento'. 

Afirmó que los grandes corporativos empresariales y otros causantes con circunstancias fiscales privilegiadas, durante mucho tiempo han venido pagando muy pocos impuestos porque las leyes vigentes se los permiten.  

Indicó que otro cambio es que en julio de 2010, las personas físicas con actividades empresariales y profesionales y las personas morales ya no gozarán de la exención relativa a los depósitos en efectivo, realizados en cuentas propias abiertas con motivo de los créditos que les hubiesen otorgado instituciones financieras.  

En el caso del IVA, dijo que el Sistema de Administración Tributaria ( SAT) no ha establecido el procedimiento a seguir con relación a los comprobantes fiscales emitidos durante el 2009 y que se cobren después del día 10 de Enero del 2010.  

Por otra parte, se prorrogó hasta el 1 de enero del 2011 la exigencia de utilización de los comprobantes fiscales digitales por parte de los contribuyentes, de acuerdo con el Artículo 32 de la Ley del IVA.

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