Jueves, 16 de Mayo 2024
Jalisco | Especifican que viola el derecho a la intimidad de los infantes

Cepad rechaza pruebas de antidoping a niños

Especifican que viola el derecho a la intimidad de los infantes

Por: EL INFORMADOR

Resaltan que focalizar el problema sólo en las escuelas omite invertir en programas de prevención. ARCHIVO  /

Resaltan que focalizar el problema sólo en las escuelas omite invertir en programas de prevención. ARCHIVO /

GUADALAJARA, JALISCO (02/SEP/2011).- La propuesta del diputado Abraham González Uyeda de realizar una prueba antidoping a los estudiantes de quinto año de primaria en adelante viola el derecho a la intimidad de los niños (consagrado en el artículo 16 constitucional), expresa César Pérez Verónica del Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo.

“Además es inconstitucional porque los derechos de la infancia también están contemplados en convenios internacionales que ha firmado México y que ahora con la reforma constitucional de derechos humanos, México tiene la obligación constitucional de respetarlos”, señala.

Si esta iniciativa avanza en el Congreso del Estado, podría interponerse una demanda ante un tribunal constitucional por no respetar lo que la Carta Magna del país, explica César Pérez Verónica.  

El Cepad cita a la Red por los derechos de la infancia en México (Redim México), que ha mencionado en distintas ocasiones que la aplicación de programas antidoping no previenen la drogadicción ni protege a niñas y niños de ésta, ya que está dirigido a las consecuencias y no a las causas.

Desde su visión, focalizar el problema sólo en las escuelas omite invertir en programas de prevención y atención eficientes para la comunidad.

En detalle

La aplicación de pruebas antidoping viola:


-El derecho a la intimidad está consagrado en el artículo 16 constitucional.

-Loss artículos 9, 13 y 39 de la Ley para la Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes:
-Artículo 9, acerca del respeto de sus derechos y expresa que ningún tipo de abuso ni violación podrá considerarse válido ni justificable.

- Artículo13 sobre el trato con respeto y dignidad.

*El artículo 16 de la Convención sobre los Derechos del Niño, sobre la protección ante injerencias arbitrarias o ilegales a su vida privada, su familia, domicilio, o de ataques ilegales a su honra o a su reputación.  La Convención fue firmada y ratificada por el gobierno de México en 1990, comprometiéndose a respetar los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de la infancia.


EL INFORMADOR / ALEJANDRA GUILLÉN

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