Jueves, 19 de Junio 2025
Jalisco | Agustín Ordóñez encubre que fallaron estructuras en protección a la familia

CEDHJ pide a Tonalá cumplir recomendación en caso de Iris

Autoridades ignoraron denuncias de Iris Angélica Martínez Larios sobre violencia intrafamiliar

Por: EL INFORMADOR

TONALÁ, JALISCO.- Iris Angélica Martínez Larios suplicó ayuda en diversas ocasiones a funcionarios del Ayuntamiento de Tonalá. Desesperada, quería salir de la extrema violencia intrafamiliar emanada de su concubino Manuel González Álvarez, pero de nada le sirvió. Cuatro servidores públicos, lejos de salvaguardar su integridad, minimizaron los riesgos. Esta omisión tuvo un alto costo para Iris: su pareja sentimental asesinó a balazos a su familia, para evitar que ella se fuera de su lado. Cumplió la amenaza ignorada por las autoridades.

El saldo de la tragedia —ocurrida el 31 de agosto de 2007— fue la muerte de Nicolás Tonatiuh (de tres años de edad), Citlali Andrea (cuatro años), Nitzy Angélica (17 años) y Evangelina Larios Morales (68 años), tres hijos y la madre de Iris, respectivamente. Tras el multihomicidio, Manuel decidió quitarse la vida, pero antes hirió de muerte a Iris, con una bala en el abdomen.

A cuatro meses del segundo aniversario luctuoso de su familia, Iris sobrevive ante el desamparo de las autoridades de Tonalá. El pasado 5 de noviembre, luego de un año de investigaciones, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ) emitió la recomendación 28/2008, dirigida al presidente municipal de Tonalá, Agustín Ordóñez Hernández, a quien le pidió iniciar procedimientos administrativos en contra de cuatro servidores públicos, indemnizar a la víctima, brindarle ayuda psicológica y médica, así como ofrecerle una disculpa pública. El organismo acreditó actuaciones omisas de los empleados municipales, demostrando una violación a los derechos humanos de Iris.

En noviembre pasado, el alcalde respondió que aceptaba la recomendación. Hasta el momento, todo quedó en palabras. Agustín Ordóñez Hernández, emanado del Partido Acción Nacional (PAN), afirmó en medios de comunicación que Iris se negaba a recibir apoyo, aunque las presiones de la CEDHJ le empujaron a emprender una nueva estrategia: para cumplir con la recomendación pidió que la víctima comparezca y formule su denuncia ante la Dirección Jurídica de Tonalá, con la intención de que inicien los procedimientos administrativos en contra de los cuatro funcionarios: María de la Luz Arelis Gómez y Guillermo Pérez Márquez, trabajadora social y abogado de guardia, respectivamente, de la Dirección de Seguridad Pública; María Elena Becerra Pérez, adscrita a la Dirección de Servicios Médicos Municipales, y Carlos Alberto Padilla Morales, psicólogo del DIF.

En un segundo punto, el munícipe condiciona la indemnización a Iris hasta resolverse los procedimientos administrativos de responsabilidad contra los servidores públicos. Y sobre la disculpa pública, el alcalde contesta que ésta no se encuentra en la legislación mexicana como “derecho positivo”, por lo que no puede ser obligado a ello. Agustín Ordóñez Hernández omite el punto en donde la CEDHJ pide apoyo médico y psicológico para Iris.

Herida que sangra

Las noches aún son aterradoras para Iris. Recordar la tragedia oscurece continuamente sus días. Un manto de desolación cubre su vida, pero no se deja vencer. “Tengo que seguir luchando por el único hijo que me queda, Axayácatl, quien gracias a Dios no estaba en la casa el día de los asesinatos. Con él vivo en Colima, lugar adonde huí en 2008”.

En el Hospital Civil de Guadalajara se le brindó atención médica el día del multihomicidio. Ella y su nieto recién nacido sobrevivieron a los impactos de bala —su hija Nitzy Angélica se encontraba en el octavo mes de gestación cuando fue asesinada por su padrastro; el hijo nació por una cesárea mientras Nitzy moría el día del multihomicidio—. Meses después, regresó al nosocomio por complicaciones de la misma herida, y fue dada de alta tras una intervención exitosa.

En Colima, Iris ha enfrentado todo tipo de adversidades. Desde el Estado vecino se ha enterado de los resultados de la queja interpuesta ante Derechos Humanos contra funcionarios tonaltecas. Las respuestas de autoridades sepultan en ocasiones sus ganas de vivir: “No puedo creer que de nueva cuenta el Ayuntamiento me niegue apoyo, a pesar de que Derechos Humanos comprobó que los funcionarios no cumplieron con sus responsabilidades; no me ayudaron a salir de la violencia. En el Ayuntamiento sí me dijeron que querían que fuera a Tonalá para enfrentar de nuevo a los funcionarios, pero apenas tengo para comer y para pagar la renta de la casa donde vivo en Colima. Se me hace increíble que me enfrenten a ellos, no es posible que no se pongan un segundo en mi lugar, en la tragedia que viví y en la cual perdí a tres hijos y a mi madre. Quieren que recapitule el asesinato de mi familia, para después decirme que no cometieron ninguna irregularidad. ¿Por qué me tratan así?”, enfatiza Iris.

Ahora está sin trabajo y con una cita para este lunes 27 de abril en el Hospital Civil de Guadalajara. La lesión por el proyectil resurgió; se abrió dos centímetros y debe ser operada de urgencia. Iris padece de una terrible incertidumbre por la falta de recursos económicos para enfrentar una nueva etapa de tribulaciones. No tiene dinero, no tiene trabajo y su hijo está solo en Colima. “Que terrible es cuando todo se oscurece y no ves para cuándo saldrá la luz. En el Hospital Civil me han atendido muy bien, los médicos son muy amables conmigo, pero no sé cómo saldré de ésta. No tengo dinero para pagar la cirugía”.

“Pronunciamiento enérgico…”

En febrero pasado, el ombudsman de Jalisco, Felipe de Jesús Álvarez Cibrián, rindió su segundo informe de actividades. Destacó abatir el rezago de años anteriores para dar solución a las quejas y dejó en evidencia a las autoridades estatales y municipales que evaden su responsabilidad después de dirigirles alguna recomendación, mientras han hecho caso omiso.

Específicamente se refirió a Guadalajara y a Tonalá. El Ayuntamiento tapatío aceptó una recomendación para indemnizar y apoyar a una mujer que tras haber sido afectada por policías, tuvo graves secuelas físicas y psicológicas, pero hasta ese momento las autoridades no habían cumplido —destaca que ya indemnizaron a la agraviada—. El segundo caso se trata del incumplimiento de Tonalá, para apoyar a Iris.

El pasado 23 de abril, la CEDHJ turnó el oficio 670/09 al Ayuntamiento de Tonalá, en el que pide rectificar su postura para que no condicione y cumpla con las recomendaciones a favor de Iris. El comunicado firmado por el director de Quejas, Orientación y Seguimiento, Arturo Jiménez Jiménez, destaca los puntos uno, dos y cinco que conforman la recomendación, y concede a las autoridades cinco días hábiles para dar una respuesta:

Punto 1.-

En el punto primero, la CEDHJ solicitó al alcalde iniciar, tramitar y concluir procedimientos administrativos a los cuatro funcionarios. Como primera respuesta, Ordóñez Hernández manifestó que para dar inicio a dichos procesos es indispensable la comparecencia de la parte acusadora o denunciante ante la Dirección Jurídica, con base en el artículo 62 de la Ley de Responsabilidades de Servidores Púbicos del Estado de Jalisco.

En el oficio enviado el pasado 23 de abril, la CEDHJ recuerda al munícipe que encontró pruebas de hechos violatorios a los Derechos Humanos que deben ser investigados y, en su caso, sancionados. Y con base en la ley, la Comisión se ofrece como persona jurídica para representar a Iris y formular la querella que solicita el Ayuntamiento:

“Le exponemos directamente que nuestra insistencia en que sea esta institución la denunciante, estriba en evitarle a la agraviada una posible doble victimización y generarle mayores gastos y tiempo, al tener que trasladarse del Estado de Colima, y genere apatía o desinterés para aportar pruebas o no comparecer a las audiencias a las que se le cite, y así fomentar la impunidad en los servidores públicos responsables de violar la ley”.

Punto 2.-

En el segundo punto, consistente en la indemnización económica, independiente a la responsabilidad administrativa, civil o penal de los funcionarios aludidos, el alcalde Agustín Ordóñez Hernández contestó en la primera ocasión que era condición imprescindible agotar previamente los procedimientos de responsabilidad a los servidores públicos, para posteriormente determinar su responsabilidad en términos de indemnización.

En el nuevo oficio enviado el 23 de abril al Ayuntamiento, la CEDHJ hace del conocimiento al alcalde que la indemnización fue solicitada con base en la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Jalisco, normativa que contempla el reconocimiento del derecho a la reparación a quienes, sin obligación jurídica de soportarlo, sufran daños en cualesquiera de sus bienes o derechos como consecuencia de la actividad administrativa irregular de los municipios (entró en vigor en 2004). En tanto —agrega el organismo—, el procedimiento de responsabilidad administrativa se encuentra regulado por la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado de Jalisco, y su finalidad es investigar si funcionarios faltaron a la legalidad, honradez, legalidad, imparcialidad y eficiencia.

“Por lo expuesto —le responde la CEDHJ al alcalde—, resulta inaplicable su argumento de que hasta no resolverse el procedimiento administrativo contra servidores públicos se podrá determinar la indemnización. Lo anterior, en apego y respeto a la autonomía e independencia de los procedimientos de responsabilidad, patrimonial, civil y penal, tal y como lo disponen los artículos 95 de la Constitución Política de Jalisco y el artículo 4 de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado.
“Con base en ello y tomando en cuenta su aceptación a la recomendación 28/08, en cumplimiento al punto segundo, le solicitamos que inicie el procedimiento con base en la Ley de Responsabilidad Patrimonial, y se indemnice a la agraviada con independencia del procedimiento de responsabilidad contra funcionarios”.

Punto 5.-

En la disculpa pública a Iris que solicita la CEDHJ al alcalde, donde se exprese el compromiso institucional de realizar acciones para que no se repitan hechos de la misma naturaleza, Ordóñez Hernández señala que la disculpa no se encuentra en la legislación mexicana como derecho positivo, por lo que no puede ser obligado a ello. El primer edil agrega que el artículo 64, fracciones I y II, de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado, establece como una de sus medidas de apremio el apercibimiento y la amonestación que puede ser pública o privada, por lo que una vez que se agote la garantía de audiencia y resulte responsabilidad en el procedimiento administrativo, el apercibimiento o la amonestación que se imponga deberá satisfacer dicho punto.

Sin embargo, en el oficio enviado el pasado 23 de abril al Ayuntamiento, Derechos Humanos señala:
“La disculpa pública solicitada en su carácter de presidente municipal, no se cuenta reglamentada como sanción en la ley, sino en los principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones de las normas internacionales de Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones, adoptados por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (mediante resolución 60/147 del 19 de abril de 2005), y que conforme al artículo 4 de la Constitución Política de Jalisco, debe ser considerado como derecho positivo.

“Contrario a lo que sostiene —se dirige al presidente municipal—, consideramos que el hecho de que no se encuentre contemplada la disculpa en la legislación estatal, no debe ni puede ser improcedente. Al contrario, el hecho de que usted como primer edil ofrezca una disculpa pública por hechos que no acontecieron en su administración (aunque fue en la presente gestión pública de Tonalá, en 2007 el alcalde era Jorge Vizcarra Mayorga, detenido por homicidio y delincuencia organizada), denota su preocupación y sensibilidad para que estos hechos no se vuelvan a repetir. Si usted lo hace, demostrará su congruencia con la convicción que invocó en su respuesta de acatar los preceptos que tutelan los Derechos Humanos plasmados en diversos tratados internacionales y de no agotar discurso ni exhortación que no sea orientada a forjar conciencia en cada servidor público.

“Por tal motivo, causa extrañeza su señalamiento de que dicho punto debemos tenerlo por cumplimentado en el supuesto de que concluya con la amonestación o apercibimientos a los servidores públicos involucrados. Le aclaramos que lo anterior no fue solicitado, por lo que, de insistir en pretender cumplirlo en los términos que invocó, este organismo declarará su cumplimiento insatisfactorio”.

Lo anterior es un resumen del oficio “especial” de la CEDHJ turnado al alcalde de Tonalá, ante su resistencia para cumplir los puntos de la recomendación. Tonalá tiene una deuda pendiente con Iris. Agustín Ordóñez Hernández, como representante de la administración pública municipal, tiene una deuda pendiente con la sociedad, ante la cual debe reconocer con humildad que fallaron sus estructuras para proteger y prever el daño. “El Estado debe mandar un mensaje claro de que las mujeres no están solas, de que cualquier acto contra ellas tendrá una reacción inmediata de protección”, refieren especialistas del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres).

Por cierto, en el ámbito nacional, a pesar de la creación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, los homicidios dolosos de mujeres están imparables. Iris podría ser parte de la densa estadística en la anualidad 2007; sin embargo, sobrevivió y continúa en el desamparo del Ayuntamiento de Tonalá.

Las omisiones acreditadas*:

María de la Luz Arelis Gómez: “Fue omisa al no enviar a la pareja (Iris y su concubino) para que recibieran apoyo institucional y técnico; no remitió un reporte al Consejo Estatal para la Prevención y Atención de la Violencia Intrafamiliar, y tampoco solicitó apoyo a otras instituciones públicas o privadas que pudieran colaborar con las autoridades competentes, lo cual pudo salvar la vida de cinco personas”.

Guillermo Pérez Márquez: “No salvaguardó el derecho a la integridad y seguridad física de la quejosa ni atendió su solicitud de protección; tampoco denunció los hechos ante el Ministerio Público”.

María Elena Becerra Pérez: “Minimizó el problema de violencia intrafamiliar (cuando Iris acudió a la Cruz Verde para atenderse una golpiza de su concubino), ya que no sólo omitió los hechos ante el Ministerio Público, sino que de manera infundada le dijo a la agraviada que para denunciar necesitaba heridas que tardaran más de 15 días en sanar, o tres partes médicos de lesiones para que le hicieran caso”.

Carlos Alberto Padilla Morales: “No aplicó la entrevista (cuando Iris acudió a él) conforme a la Norma Oficial Mexicana y a la Ley para la Prevención y Atención de la Violencia Intrafamiliar; no elaboró una historia clínica en la que anotara, entre otros puntos, los antecedentes que le pudieran haber permitido diagnosticar el caso de violencia intrafamiliar, así como una valoración del grado de riesgo en que convivía la pareja.

* Resumen de la investigación de la CEDHJ, en el que comprueban las omisiones de funcionarios públicos.

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