Jueves, 09 de Octubre 2025
Economía | La CFC les impone también multa por más de un millón de pesos por actitud de rebeldía

Multan a tortilleros por comisión de prácticas monopólicas

Los agentes económicos sancionados cuentan con treinta días hábiles para interponer un recurso de reconsideración

Por: NTX

La Unión Nacional de Industriales de Molinos y Tortillerías  había fijado el precio de tortilla a 12 pesos el kilo. ARCHIVO  /

La Unión Nacional de Industriales de Molinos y Tortillerías había fijado el precio de tortilla a 12 pesos el kilo. ARCHIVO /

CIUDAD DE MÉXICO (02/OCT/2012).- La Comisión Federal de Competencia (CFC) impuso multas a la Unión Nacional de Industriales de Molinos y Tortillerías (UNIMTAC) y a los miembros de su Mesa Directiva por 159 mil 622 pesos por la comisión de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de producción, distribución y comercialización de nixtamal y tortillas de maíz.

El órgano antimonopolios expuso que dicha Unión había acordado y anunciado un precio de venta a sus agremiados de 12 pesos por kilogramo, lo cual constituye un acuerdo para fijar o incrementar el precio de la tortilla, conducta que es ilegal de acuerdo con la fracción I del artículo 9 de la Ley Federal de Competencia.

La CFC explicó en un comunicado que como consecuencia de lo anterior ordenó el cese inmediato de esta práctica además de imponer la multa antes citada.

Durante el proceso de la investigación, los agentes económicos investigados mostraron una postura de rebeldía ante los requerimientos de información y citatorios que se emitieron, situación que derivó una multa adicional de un millón 606 mil 764 pesos como una medida de apremio conforme a lo que establece al artículo 34 de la ley antes citada.

La Coisión detalló que la decisión de imponer las multas citadas por la comisión de prácticas monopólicas se tomó por mayoría de 3 votos a 2, con los votos a favor de los Comisionados Eduardo Pérez Motta, Cristina Massa Sánchez y Rodrigo Morales Elcoro.

Los agentes económicos sancionados cuentan con treinta días hábiles para interponer un recurso de reconsideración ante la CFC.

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