Economía | La convocatoria para buscar una nueva sede fue frenada por la institución Fallo a Tianguis no afecta promoción del país, afirma Corte La medida cautelar tampoco afecta el desarrollo de las actividades económicas y turísticas en el puerto de Acapulco, aclara la corte Por: SUN 3 de junio de 2011 - 15:38 hs En un comunicado, el máximo tribunal del país aclaró que la medida cautelar tampoco afecta el desarrollo turístico. ARCHIVO / - Corte frena convocatoria para Tianguis Turístico-Tianguis es del Gobierno federal, no de Acapulco: Sectur CIUDAD DE MÉXICO (03/JUN/2011).- La suspensión decretada por la ministra Olga Sánchez Cordero para que la Secretaría de Turismo posponga la convocatoria para elegir nuevas sedes del Tianguis Turístico 2012, no afecta el desarrollo de la promoción del país ni la comercialización de los destinos turísticos, aseguró la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN). En un comunicado, el máximo tribunal del país aclaró que la medida cautelar tampoco afecta el desarrollo de las actividades económicas y turísticas en el puerto de Acapulco -dónde desde hace 36 años es sede del tianguis- porque no se vulneran ni la seguridad ni la economía nacional. "De acuerdo con la resolución, esta suspensión tiene como objeto primordial el suspender el proceso de convocatoria, presentación y recepción de propuestas, elección y declaratoria de la sede vencedora del Tianguis Turístico México 2012, ya que son los actos cuya inconstitucionalidad se cuestiona". La Corte explicó que la convocatoria, materia de este incidente, no guarda las características propias de una norma de carácter general, en la medida que fue expedida con un objetivo específico: Designar el lugar sede en donde se llevará a cabo el Tianguis Turístico México a celebrarse en el año 2012. Esto es, dicha convocatoria crea situaciones jurídicas particulares y concretas que se agotarán una vez que se cumplan los objetivos para los cuales fue creada. En el fallo de la ministra Sánchez Cordero se aclara que sólo se niega la suspensión en los casos en que se pongan en peligro la seguridad o la economía nacionales, las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano o se pueda afectar gravemente a la sociedad en una proporción mayor a los beneficios que con ella pudiera obtener el solicitante y, éste no es el caso. "No se advierte que pueda causarse un daño mayor a la sociedad con relación al beneficio que pudiera obtener el solicitante de la medida", precisó la Corte. Temas Economía Mexicana SCJN Sectur Lee También 'Park and Ride' en el Estadio Akron, así funcionará durante el México vs Ecuador Charros de Jalisco vuelve por el bicampeonato en la LMP ¿Dónde ver EN VIVO el partido amistoso México vs Ecuador? FOTOGALERÍA: Aficionados alientan antes del partido contra Ecuador en Guadalajara Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones