A partir de este viernes 16 de enero de 2026, ha entrado en vigor la reforma a la Ley General de Salud, aprobada por el Congreso de la Unión en diciembre pasado. Esta reforma establece la prohibición de la venta, fabricación y distribución de vapeadores, cigarrillos electrónicos y cualquier dispositivo análogo.La reforma fue publicada el día de ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y detalla que está prohibido utilizar cualquier sistema electrónico o mecánico que se utilice para calentar, vaporizar o atomizar sustancias tóxicas líquidas, geles, sales, ceras, aerosoles secos, resinas, aceites cerosos u otra nueva formulación sintética, con o sin nicotina."Queda prohibido en todo el territorio nacional la adquisición con fines de comercialización, preparación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, incluidos aquellos que son desechables o de un solo uso", explica el documento.También se prohíbe la publicidad y propaganda de cigarrillos electrónicos y vapeadores a través de cualquier medio de comunicación, incluidos los impresos, digitales, televisivos, radiales o cualquier otra vía.A partir de hoy viernes, con la entrada en vigor de la reforma, todas las autorizaciones sanitarias previamente concedidas para cigarrillos electrónicos, vapeadores y otros dispositivos o sistemas análogos quedarán sin efecto, de acuerdo con el nuevo decreto."La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios notificará a las personas titulares de dichas autorizaciones para que, de manera inmediata, cesen todas las actividades vinculadas a dichos dispositivos", refiere la reforma.Desde hoy, quienes infrinjan la ley serán sancionados con penas de prisión de uno a ocho años y una multa que oscila entre 100 y 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Considerando que la UMA es de 117.31 pesos, la multa mínima es de 11 mil 731 pesos y la máxima asciende a 234 mil 620 pesos.*Con información de SUN*Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsAppOF