Viernes, 16 de Enero 2026

Vapeadores están prohibidos desde hoy: Estas serán las multas por no seguir la ley

La reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación y detalla que está prohibida la venta, fabricación y distribución de vapeadores, cigarrillos electrónicos y cualquier dispositivo análogo

Por: Oralia López

También queda prohíbe la publicidad y propaganda de cigarrillos electrónicos y vapeadores a través de cualquier medio de comunicación, incluidos los impresos, digitales, televisivos, radiales o cualquier otra vía. ESPECIAL / AFP y CANVA

También queda prohíbe la publicidad y propaganda de cigarrillos electrónicos y vapeadores a través de cualquier medio de comunicación, incluidos los impresos, digitales, televisivos, radiales o cualquier otra vía. ESPECIAL / AFP y CANVA

A partir de este viernes 16 de enero de 2026, ha entrado en vigor la reforma a la Ley General de Salud, aprobada por el Congreso de la Unión en diciembre pasado. Esta reforma establece la prohibición de la venta, fabricación y distribución de vapeadores, cigarrillos electrónicos y cualquier dispositivo análogo.

Los motivos de la multa y los montos por infringir la ley

¿Cuáles son las razones por las que podrían multar en tema de vapeadores?

La reforma fue publicada el día de ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y detalla que está prohibido utilizar cualquier sistema electrónico o mecánico que se utilice para calentar, vaporizar o atomizar sustancias tóxicas líquidas, geles, sales, ceras, aerosoles secos, resinas, aceites cerosos u otra nueva formulación sintética, con o sin nicotina.

"Queda prohibido en todo el territorio nacional la adquisición con fines de comercialización, preparación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, incluidos aquellos que son desechables o de un solo uso", explica el documento.

También se prohíbe la publicidad y propaganda de cigarrillos electrónicos y vapeadores a través de cualquier medio de comunicación, incluidos los impresos, digitales, televisivos, radiales o cualquier otra vía.

A partir de hoy viernes, con la entrada en vigor de la reforma, todas las autorizaciones sanitarias previamente concedidas para cigarrillos electrónicos, vapeadores y otros dispositivos o sistemas análogos quedarán sin efecto, de acuerdo con el nuevo decreto.

"La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios notificará a las personas titulares de dichas autorizaciones para que, de manera inmediata, cesen todas las actividades vinculadas a dichos dispositivos", refiere la reforma.

¿A cuánto ascienden las multas en tema de vapeadores?

Desde hoy, quienes infrinjan la ley serán sancionados con penas de prisión de uno a ocho años y una multa que oscila entre 100 y 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Considerando que la UMA es de 117.31 pesos, la multa mínima es de 11 mil 731 pesos y la máxima asciende a 234 mil 620 pesos.

*Con información de SUN

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