Lunes, 29 de Junio 2026

Bicicletas eléctricas y scooters en CDMX tendrán que emplacarse

La medida busca regular los VEMEPE, prohibiendo su circulación en banquetas y ciclovías para mejorar la seguridad

Por: El Informador

Las regulaciones para scooters y patines eléctricos varían según la velocidad y el peso de tu unidad. CANVA

Las regulaciones para scooters y patines eléctricos varían según la velocidad y el peso de tu unidad. CANVA

Como parte de las nuevas disposiciones para regular la circulación de este tipo de vehículos en la Ciudad de México, las bicicletas eléctricas y los scooters que superen determinadas características técnicas deberán registrarse y portar placas. Esta medida busca reforzar la seguridad vial, establecer reglas claras para su uso y facilitar su identificación en caso de incidentes o infracciones.

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Para implementar estas reglas, la Secretaría de Movilidad (Semovi) ha introducido una nueva clasificación oficial: los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), a favor de una movilidad que sea segura para todos.

Regulación VEMEPE

Las regulaciones para scooters y patines eléctricos varían según la velocidad y el peso de tu unidad. Para vehículos que superan los 25 km/h o pesan más de 35 kg, es obligatorio portar placas, tarjeta de circulación, licencia de conducir tipo A, seguro y transitar por el arroyo vehicular.

Estos vehículos comenzarán a ser tratados legalmente de forma similar a las motocicletas, lo que significa que, además de las placas y la licencia tipo A1 o A2, los propietarios deberán contar con una tarjeta de circulación y un seguro de responsabilidad civil para poder transitar legalmente por el arroyo vehicular.

Reglamento para vehículos eléctricos motorizados personales que superen los 25 km/h o pesan más de 35 kg:

  • Las placas serán obligatorias a partir del 1 de julio
  • La fecha limite para regularizar las unidades es el 20 de noviembre 
  • Será obligatorio el uso de casco y licencia 
  • Estará prohibido circular por banquetas, ciclovías, carriles de bus o vías de +50 km/h

Limites de edad: Los vehículos que superen los 25 km/h exigen mayoría de edad (18 años) y los de menor velocidad tienen una edad mínima de 15 años.

Multas: Quienes no cumplan con las normas clave para circular seguro, puede llegar a tener multas de hasta tres mil pesos.

¿Qué scooters y patines están exentos de estas reglas?

Por consiguiente, los scooters, patines y bicicletas con pedaleo asistido que no excedan los 25 km/h ni los 35 kg no requieren placas ni licencia, aunque sí se sugiere el uso de casco.

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Uno de los principales beneficios esperados con esta regulación es la recuperación y protección de los espacios exclusivos para peatones y ciclistas tradicionales. Durante los últimos años, la proliferación de scooters y bicicletas eléctricas de alta potencia generó conflictos constantes en las vías confinadas, ya que muchos usuarios invadían banquetas y ciclovías a velocidades incompatibles con el flujo no motorizado. 

Al obligar a los vehículos que superan los 25 km/h a circular exclusivamente por el arroyo vehicular y prohibir su paso por vías de más de 50 km/h, las autoridades buscan reducir la fricción urbana, proteger a los transeúntes más vulnerables y fomentar una convivencia vial mucho más armónica.

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