Viernes, 19 de Abril 2024

El INE ordena a Acción Nacional cambiar spot contra Meade

La autoridad determinó que el contenido del material es de propaganda electoral por lo que se dio un plazo de seis horas al partido para sustituirlo

 

Por: SUN

Coincidió en que el contenido del spot se refiere al candidato presidencial José Antonio Meade, a quien se atribuye una serie de hechos negativos. TWITTER/ @INEMexico

Coincidió en que el contenido del spot se refiere al candidato presidencial José Antonio Meade, a quien se atribuye una serie de hechos negativos. TWITTER/ @INEMexico

La autoridad electoral federal dio un plazo de seis horas al Partido Acción Nacional (PAN) para sustituir un spot, cuya difusión en radio y televisión estaba programada el 18 y 21 de marzo próximo en todas las entidades del país.

En sesión extraordinaria urgente, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que el contenido del spot es de propaganda electoral, por lo que su transmisión pudiera ser ilegal durante la actual etapa de intercampaña.

Por unanimidad de votos de los consejeros electorales Adriana Favela, Claudia Zavala y Benito Nacif, la Comisión del INE concedió la medida cautelar solicitada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Coincidió en que el contenido del spot se refiere al candidato presidencial de la coalición Todos por México, José Antonio Meade Kuribreña, a quien se atribuye una serie de hechos negativos.

La Comisión de Quejas del INE precisó que la propaganda electoral no se limita a las expresiones encaminadas a la obtención del voto a favor de una opción política determinada.

Señaló que también constituye propaganda electoral aquella que se orienta a erosionar las preferencias electorales de las que puedan gozar los partido políticos o candidatos rivales en una elección determinada.

Por ello ordenó al PAN cambiar el spot que es motivo de la queja, y vinculó a las concesionarias de radio y televisión para que, en un plazo no mayor a 24 horas, realicen los actos necesarios para evitar y, en su caso, detener la transmisión de dicho material.

Con ello se actualiza uso indebido de la pauta y posibles actos anticipados de campaña.

La Comisión indicó que el tema respecto de la presunta calumnia deberá ser materia del estudio de fondo que, en su momento, realice la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

YR
 

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