Jueves, 28 de Marzo 2024

Avalan indemnizar a pasajeros por vuelos demorados o cancelados

Ministros de la Suprema Corte declararon que las aerolíneas tienen la obligación de garantizar el respeto a los derechos de sus clientes

Por: SUN

La indemnización que las aerolíneas deben pagar debe incluir todos los cargos que fueron cobrados al cliente al momento de la compra del boleto. EL INFORMADOR/ARCHIVO

La indemnización que las aerolíneas deben pagar debe incluir todos los cargos que fueron cobrados al cliente al momento de la compra del boleto. EL INFORMADOR/ARCHIVO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló las indemnizaciones que las aerolíneas deben pagar a los pasajeros cuando incurran en demoras o cancelaciones de vuelos.

Durante la sesión de la Segunda Sala de la Corte, los ministros declararon que las aerolíneas tienen la obligación de garantizar el respeto a los derechos de los pasajeros, como que la prestación del servicio sea en condiciones de eficiencia, seguridad y eficacia.

A propuesta de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, la Sala declaró que la indemnización que las aerolíneas deben pagar, debe incluir todos los cargos que fueron cobrados al cliente al momento de la compra del boleto, incluyendo los impuestos.

Además, las aerolíneas deberán transportar gratis los instrumentos o herramientas que requieren los pasajeros con discapacidad, garantizar su ascenso, descenso y movilidad durante el vuelo.

De acuerdo con el fallo de la Corte, los menores de dos años de edad acompañados por un adulto viajarán gratis, al igual que sus carriolas.

JM

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