Las fotoinfracciones pueden llegar a alarmar a los automovilistas jaliscienses, no obstante, muchas personas no conocen lo establecido en el marco legal mexicano.El profesor e investigador del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades (CUCSH), el Mtro. Ernesto Ávalos Rolón, Explicó las razones por las quelas fotomultas no tienen legalidad.De acuerdo con lo estipulado en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que cualquier acto de autoridad tenga validez debe cumplir con los principios legales establecidos, es decir, la infracción tiene que estar por escrito y expedida por una autoridad competente.El Artículo 115, fracción III, inciso H de la Constitución concede la facultad original de regular la vialidad y tránsito a los municipios del país. Asimismo la Secretaría de Seguridad del Gobierno del Estado efectúa las fotoinfracciones por medio de convenios que ceden las facultades.Estos son los grandes errores:Por su parte, actualmente las fotoinfracciones no tienen firma autógrafa. En su lugar, esta es sustituida por un código QR, siendo este la firma electrónica.Sin embargo, el Mtro. Ávalos explica que cuando se analizan estos QR bajo la Ley de Firma Electrónica Avanzada del Estado de Jalisco, estos no cumplen los requisitos mínimos correspondientes para validad la identidad de las autoridades.El académico explica que el Tribunal de Justicia Administrativa suele resolver el 100% de los casos por medio de un Juicio en Línea, lo cual hace el proceso todavía más fácil.Estas son tus alternativas:Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp AL