Ya entró en vigor la nueva Ley estatal del Servicio de Protección que regula la asignación de escoltas oficiales a funcionarios y particulares. A los policías que actualmente están asignados como escoltas se les fijó un término de 10 días para reportarse ante la Secretaría de Seguridad a efecto de saber su nueva asignación.Además, se les requirió presentar el armamento o vehículos otorgados para cumplir su comisión. El Artículo cuarto transitorio establece que sancionará a quienes no se presenten dentro del plazo establecido.Por otra parte, los funcionarios o particulares que cuentan con protección por parte del Estado tienen también 10 días para solicitar la continuidad del servicio. Si no lo hacen, se entenderá que no lo requieren y los policías asignados regresarán a sus corporaciones.La ley determina que el Consejo Estatal de Seguridad Pública elaborará dictámenes de riesgo para definir cuántos elementos de seguridad se asignará a los funcionarios que requieran protección. El gobernador y otros ocho funcionarios de primer nivel están clasificados como sujetos de protección.También se pone tope a la cifra de escoltas asignados; exfuncionarios, exgobernadores y exfiscales podrán tener hasta 18, además de dos vehículos blindados.